IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...UEVAS (II)

Última revisión
06/03/2023

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - GALICIA 2019 - 141593-DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE ACCIONES DE ENTIDADES NUEVAS (II)

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 06/03/2023

Resumen:

DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE ACCIONES DE ENTIDADES NUEVAS (II)

Pregunta:

¿Qué requisitos deben cumplirse para tener derecho a la deducción autonómica por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación y su financiación?

Respuesta:

Para poder aplicar la deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:a) Que la participación del contribuyente, computada junto con las del cónyuge o personas unidas por razón de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguineidad o afinidad hasta el tercer grado incluido, no sea superior al 40%, ni inferior al 1%, del capital social de la sociedad o de sus derechos de voto en ningún momento y durante los tres años siguientes a la constitución o ampliación. En caso de préstamo o garantía, no será necesaria una participación del contribuyente en el capital, pero si existiera no puede ser superior al 40% con los mismos límites temporales indicados anteriormente. El importe prestado o garantizado tiene que ser superior al 1% del patrimonio neto de la sociedad.b) La entidad en la que se materialice la inversión, préstamo o garantía ha de cumplir los requisitos enumerados en la referencia 141594.c) El contribuyente puede formar parte del consejo de administración de la sociedad en la que haya hecho la inversión, pero no puede realizar funciones ejecutivas ni de dirección durante un plazo de diez años, ni puede mantener una relación laboral con la entidad durante ese mismo plazo, salvo en el caso de sociedades laborales y cooperativas.d) Las operaciones en las que sea aplicable la deducción deben formalizarse en escritura pública, en la que se debe especificar la identidad de los inversores y el importe de la inversión.e) Las participaciones adquiridas deben mantenerse durante el período mínimo de los tres años siguientes a la constitución o ampliación. En el caso de préstamos, deben referirse a las operaciones de financiación con un  plazo superior a 5 años, no pudiendo amortizar una cantidad superior al 20% anual del principal prestado. En el caso de garantías, se deben extender a toda la vigencia de la operación garantizada, no pudiendo ser inferior a 5 años.

Normativa:

Artículo 5. Diez Texto Refundido disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos (redacción Ley 3/2018)

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Régimen estatal del Impuesto sobre el Patrimonio
Disponible

Régimen estatal del Impuesto sobre el Patrimonio

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

De la abstención y recusación en el proceso judicial
Disponible

De la abstención y recusación en el proceso judicial

de Diego Díez, L. Alfredo

25.50€

24.23€

+ Información

Regulación de las Sociedades Laborales
Disponible

Regulación de las Sociedades Laborales

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Régimen de las entidades de capital-riesgo
Disponible

Régimen de las entidades de capital-riesgo

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Beneficios fiscales aplicables a la empresa familiar. Paso a paso
Disponible

Beneficios fiscales aplicables a la empresa familiar. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información