Última revisión
El Tribunal Supremo acuerda la retroactividad total de la nulidad de las cláusulas suelo adaptando su jurisprudencia a la sentencia del TJUE
El Tribunal Supremo, adaptando a la jurisprudencia de nuestro país la Sentencia
No obstante, el Alto Tribunal sigue sin considerar que todas las cláusulas suelo son nulas, manteniendo su criterio de nulidad para aquellas cláusulas que no cumplan los requisitos de transparencia que impuso en la primera de sus sentencias sobre este tema del 9 de mayo de 2013 (
Atendiendo a la adaptación a la jurisprudencia española de este miércoles (la primera desde que el tribunal europeo dictaminó a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo) el Supremo abre ya la puerta a que los bancos devuelvan todas las cantidades cobradas de más por la aplicación de las cláusulas suelo, desde la firma del préstamo hipotecario.
Como adelantamos anteriormente, el fallo ha sido comunicado a los procuradores de las partes, pero la sentencia no ha sido redactada aún por lo que tendremos que esperar a la publicación del texto íntegro de la misma para un análisis en profundidad.
Por otra parte, el Pleno de la Sala Primera de lo Civil, ha desestimado un recurso de casación que pretendía la nulidad de un cláusula suelo de la Caja Rural de Teruel por falta de transparencia, al concluir que en este caso cumplía los requisitos de transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia de 9 de mayo de 2013.
FUENTE: "Comunicación Poder Judicial"