Última revisión
El Plan MECUIDA se prorroga hasta el próximo 30 de septiembre de 2021
Como en normas similares precedentes junto a la prórroga de los ERTES se incluye la prórroga de las medidas para la adaptación del horario y reducción de jornada relacionadas con el COVID-19. En concreto, la D.A 6ª
Se prevé la prórroga del Plan MECUIDA hasta el 30 de septiembre de 2021.
Con la nueva prórroga se mantiene la posibilidad de adaptación del horario y reducción de jornada por causas relacionadas con el COVID-19:
- Adaptación de la jornada, sin pérdida de salario.
- Reducción de jornada, con reducción proporcional de salario, pudiendo alcanzar la totalidad de la jornada.
De esta forma se mantiene como derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores, debiendo ser justificado, razonable y proporcionado en relación con la situación de la empresa, la adaptación del horario y reducción de jornada:
a) Cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención de cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesite de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19.
b) Cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.
c) Cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19.
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