Nueva orden regulado el p...dad Social

Última revisión
08/04/2024

Nueva orden regulado el procedimiento telemático de cuentas anuales de la Seguridad Social

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Materias: laboral

Fecha: 08/04/2024

Publicada en el BOE del 8 de abril de 2024 la Orden HAC/296/2024, de 20 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.


Nueva orden regulado el procedimiento telemático de cuentas anuales de la Seguridad Social
Nueva orden regulado el procedimiento telemático de cuentas anuales de la Seguridad Social

La Orden HAC/296/2024, publicada en el BOE el 8 de abril de 2024, establece el procedimiento telemático para la obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que forman parte del sistema de la Seguridad Social. Esta orden viene a actualizar y homogeneizar el procedimiento previamente regulado por la Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo, en virtud de la habilitación otorgada por el artículo 124.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

La nueva normativa responde a la necesidad de adaptar tanto el formato de los ficheros informáticos de las cuentas anuales como las especificaciones técnicas para su generación y envío, en línea con las modificaciones del Plan General de Contabilidad Pública aplicable a las entidades de la Seguridad Social. Además, actualiza las referencias normativas y las condiciones de firma electrónica para la rendición de cuentas, en consonancia con las mejoras en la utilización de los recursos públicos.

La Orden HAC/296/2024 también introduce un cambio significativo en la publicación de las cuentas anuales, que ahora se realizará en el portal de la Administración presupuestaria, dentro del canal "Registro de cuentas anuales del sector público", en lugar de en el "Boletín Oficial del Estado". Este cambio sigue las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 22/2013 y la Ley 11/2020, que redefinieron el artículo 136 de la Ley General Presupuestaria.

Como novedad, la orden añade un apartado al artículo 3 para regular cómo se pondrán a disposición del Tribunal de Cuentas las cuentas anuales formuladas por las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y sus centros mancomunados, asegurando así una mayor transparencia y control en la gestión de las cuentas públicas.

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