Última revisión
02/07/2024
El TSJ de La Rioja descarta la responsabilidad de la Administración en el accidente de un ciclista
El TSJ de La Rioja no considera probada la relación entre el estado de la carretera y la caída mortal de un ciclista, exonerando de responsabilidad a la Administración.
El TSJ de La Rioja en la sentencia n.º 106/2024, de 24 de abril, ECLI:ES:TSJLR:2024:192 ha descartado la responsabilidad de la Administración en la caída sufrida por un ciclista de avanzada edad que falleció a consecuencia del accidente, al no considerar probado que la caída se produjese por el estado de la carretera.
La parte demandante expuso que la carretera se encontraba cubierta de hierba procedente del desbroce y que había un bache que hizo perder el control de la bicicleta al ciclista. El bache fue arreglado 20 días más tarde del accidente por lo que la administración competente era conocedora del mal estado de conservación y mantenimiento de la vía. Es por ello que el demandante entiende que la Administración es responsable de las lesiones que sufrió por la caída y del fallecimiento dos meses después a consecuencia de estas.
El TSJ establece en la sentencia que lo relevante es determinar si existe relación de causalidad entre el mal estado de conservación de la carretera y las lesiones y posterior fallecimiento del ciclista.
Tras el análisis de las pruebas el tribunal señala que no se puede determinar la causa que provocó la caída, no pudiendo concluirse que se produjese por el bache o la hierba cortada, ya que lo único que queda acreditado es que el ciclista perdió el control de la bicicleta.
Descarta el tribunal que ni siquiera la prueba de indicios pueda llevar a determinar que la caída se hubiese producido por el bache al no existir entre la caída y el mal estado de la carretera un enlace preciso y directo. Subraya a este efecto que no está acreditado el lugar exacto de la caída y que los indicios conducen a conclusiones alternativas de cómo se pudo producir la caída no resultando, por tanto, concluyentes.
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