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El TS concede indemnización por lucro cesante ante vulneración del derecho a la igualdad retributiva
El Tribunal Supremo ha concedido una indemnización por lucro cesante a un grupo de trabajadores que fueron objeto de discriminación salarial, reconociendo la vulneración de su derecho a la igualdad retributiva.
La
Antecedentes del caso
El caso se originó cuando el Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta dictó una sentencia el 27 de abril de 2022, en la que se reconocía que la Delegación del Gobierno en Ceuta había vulnerado el principio de igualdad de trato y no discriminación contenido en el artículo 14 de la
La sentencia de instancia, del Juzgado núm. 1 de Ceuta, estimó la demanda de los actores y determinó que la conducta de la Delegación del Gobierno de Ceuta consistente en no aplicar el
Con posterioridad, la sentencia ahora recurrida, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -sede de Sevilla- de 26 de octubre de 2022, Rec. 2387/22, estimó en parte el recurso de suplicación formulado por la Delegación del Gobierno en Ceuta y, manteniendo el pronunciamiento de que los demandantes han sido objeto de vulneración del derecho a la igualdad retributiva, condenó a la entidad demandada a abonar cada uno de los actores una indemnización por daño moral de 300 euros para cada uno. Y, además, dejó sin efecto, el pronunciamiento relativo a la condena a la indemnización por daños derivados del lucro cesante. Pronunciamiento este último que se fundamentó por considerar que la diferencia retributiva debió ser reclamada a través de un procedimiento de reclamación de cantidad al corresponder a la retribución de servicios prestados y no indemnizatorios.
Los actores recurrieron en casación unificadora ante el Tribunal Supremo, planteando dos motivos de contradicción: la indemnización por daños y perjuicios derivados de la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y la indemnización por daño moral.
Lucro cesante y daños morales por vulneración de su derecho fundamental a la igualdad retributiva
El Tribunal Supremo en la sentencia analizada determina que los trabajadores tienen derecho a una indemnización por los daños y perjuicios derivados de la vulneración de su derecho fundamental a la igualdad retributiva. La indemnización incluye tanto el lucro cesante, cuantificado en la diferencia retributiva no percibida, como los daños morales ocasionados.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha reiterado que, en casos de
Además, la sentencia hace referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional, que protege los derechos fundamentales de manera real y efectiva, impidiendo que la protección jurisdiccional se convierta en un acto meramente ritual o simbólico.