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Última revisión
04/06/2024

El Tribunal Supremo consulta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos temporales

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Materias: laboral

Fecha: 04/06/2024

El Tribunal Supremo busca aclaración del TJUE sobre la legalidad de la situación de los empleados públicos con contratos temporales abusivos y la indemnización adecuada para prevenir y sancionar estos abusos.

El Tribunal Supremo consulta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos temporales
El Tribunal Supremo consulta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos temporales

El Tribunal Supremo ha emitido un Auto, fechado el 30 de mayo de 2024, en el que solicita al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aclarar la situación jurídica de los empleados públicos con contratos temporales abusivos. Esta acción surge en respuesta a las incertidumbres generadas por la aplicación de una sentencia previa del TJUE del 22 de febrero de 2024. A lo largo de casi cuarenta páginas, el Pleno de la Sala IV expone los hitos fundamentales de su contenido, que aglutina alrededor de diez núcleos:

«1) El acceso al empleo público español de carácter fijo debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad.

2) La libre circulación de trabajadores incluye la posibilidad de participar en las convocatorias para acceso a empleos fijos en el ámbito público.

3) El empleo desempeñado por la trabajadora demandante no es de los excluidos de la libre circulación.

4) El cumplimiento de las normas (españolas y de la UE), requiere que el acceso a un empleo público de carácter fijo solo sea posible si previamente se ha ofrecido para que puedan optar al mismo cuantas personas (del ámbito UE) así lo deseen.

5) La figura del indefinido no fijo constituye una respuesta a los abusos de temporalidad en el sector público y aparece indirectamente respaldada por la jurisprudencia del TJUE. Alguna sentencia del Tribunal de Justicia ha parecido avalarla, de manera más o menos implícita.

6) Nuestra jurisprudencia ha equiparado los derechos del personal indefinido no fijo con los del personal fijo (remuneración, promoción profesional, incentivos, etc.) sin perjuicio de requerir a la Administración empleadora para que la plaza sea convocada a concurso público.

7) Además de las normas sobre responsabilidad de quienes cometen los abusos en la contratación pública, la jurisprudencia viene reconociendo en favor del indefinido no fijo cesado por no superar las pruebas convocadas, en su caso, una indemnización compensatoria equivalente a la de las personas despedidas por crisis económica.

8) El cese de un trabajador indefinido no fijo por cualquier causa diversa a la apuntada es tratado como el de un empleado fijo.

9) El cese de un trabajador al que se le ha reconocido la condición de indefinido no fijo, invocando la llegada de un término temporal (que es inexistente) aboca a la declaración de que existe un despido nulo (con obligada readmisión).

10) Diversas normas sobre estabilización o consolidación de empleos temporales han sido aprobadas en los últimos años, entre cuyos objetivos se encuentra el de regularizar las situaciones derivadas del carácter abusivo de la utilización de contratos de duración determinada».

A TENER EN CUENTA. La consulta se centra en si la jurisprudencia española que niega el estatus de trabajadores fijos a empleados temporales sin proceso de selección adecuado es contraria al Derecho de la Unión Europea, y si una indemnización disuasoria sería una medida adecuada para prevenir y sancionar el abuso de la contratación temporal en el sector público.

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo expone detalladamente los principios y normativas que rigen el acceso al empleo público, la igualdad, el mérito, la capacidad y la no discriminación, basándose en la Constitución Española y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Además, discute el concepto de «indefinido no fijo» como respuesta a la temporalidad abusiva, su equiparación con los derechos de los empleados fijos, y las medidas adoptadas para estabilizar el empleo temporal.

El Tribunal concluye la necesidad de clarificación por parte del TJUE sobre si la situación de los «indefinidos no fijos» contraviene el Derecho de la UE, destacando la importancia de la no discriminación y la libre circulación en el acceso al empleo público.

Fuente: Poder Judicial

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