Durante vacaciones no se ...rdinarias.

Última revisión
16/05/2018

Durante vacaciones no se abona el complemento de quebranto de moneda o las horas extraordinarias.

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Materias: laboral

Fecha: 16/05/2018

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En consonancia con lo expuesto en nuestra revista «B-161», la STS 09/04/2018 (R. 73/2017) ha especificado la necesidad de inclusión de todos los conceptos retributivos de naturaleza salarial que el trabajador percibe de manera habitual y forman parte de la retribución media y ordinaria, en un supuesto en el que el convenio colectivo sectorial se limita a indicar que debe ser el "salario real" del trabajador, sin mayores precisiones.

En este caso el TS especifica que no puede excluirse la llamada bolsa de vacaciones, ni los complementos de peligrosidad y cámaras frigoríficas, así como tampoco el denominado de manutención y alojamiento, que es en realidad de carácter salarial, pero sí el complemento de quebranto de moneda por no tener naturaleza salarial, así como las horas extraordinarias con la generalidad sin matices que dispone la resolución recurrida en su parte dispositiva.

El caso

La STSJ de Cataluña de 9 de junio de 2016 (R. 5/2016), había estimado parcialmente la demanda y declarado el derecho de los trabajadores «a incluir dentro de la retribución de vacaciones anuales el promedio anual del sueldo o salario base, los complementos salariales y las asignaciones voluntarias adicionales ya retribuyan la jornada ordinaria como el tiempo de presencia y descansos. El plus convenio. Los complementos por cantidad y calidad de trabajo que se establecen para retribuir una mejor calidad o cantidad del trabajo hecho, las primas o incentivos, los pluses de actividad y de asistencia y las horas extraordinarias. El pago en especie de manutención y alojamiento con los límites establecidos en el art 19-6 del Convenio. Las cantidades en metálico o en especie que las empresas libremente pueden conceder a sus trabajadores sin requerir de aceptación ni contraprestación. El plus de Peligrosidad y el de faena en las cámaras de congelación. El Plus de Nocturnidad. El plus de antigüedad y el plus de menoscabo de dinero. De todo lo cual habrá de detraerse el importe abonado en concepto de "bolsa de vacaciones", previsto en el artículo 18-2 del citado convenio, salvo que el cálculo del promedio de los complementos variables resulte de cuantía inferior a este último concepto, en cuyo caso se abonará éste...»

Contra dicha sentencia se formulan tres distintos recursos de casación, por el sindicato UGT, el sindicato CCOO y finalmente el de la patronal ACET-UNO.

Resumiendo la reciente STS 28/2/2018 (R. 16/2017) con los criterios jurisprudenciales al respecto y previo análisis del Convenio colectivo aplicable donde de forma «ambigua y poco expresiva» se hace referencia de forma genérica al «salario real» sin mayores concreciones para la retribución del periodo estival, el TS asevera que no puede excluirse la llamada «bolsa de vacaciones», ni los complementos de peligrosidad y cámaras frigoríficas, así como tampoco el denominado de manutención y alojamiento, que es en realidad de carácter salarial, pero sí el complemento de quebranto de moneda, por no tener naturaleza salarial, así como las horas extraordinarias con la generalidad sin matices que dispone la resolución recurrida en su parte dispositiva.

J-47817196

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