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Desahuciado por impago un hombre que convivía con sus progenitores
El hombre de 40 años, que habitualmente sometía a sus padres a amenazas y malos tratos, fue condenado a abandonar la vivienda en la que los tres convivían por no abonar ningún tipo de contraprestación a sus progenitores.
Según reciente comunicado del Poder Judicial, el Juzgado de Primera Instancia n.º 19 de Zaragoza ha estimado la demanda de desahucio promovida por un matrimonio contra su hijo mayor de edad, que convivía con ellos sin aportar contraprestación alguna.
El demandado, que había sido previamente requerido por sus progenitores para abandonar la finca como consecuencia de las amenazas y agresiones a que habitualmente los sometía, habitaba la vivienda en lo que el juzgado califica como situación de precario.
«El precario es una situación de hecho que implica la utilización gratuita de un bien ajeno (...) careciendo de título que justifique el disfrute de la posesión, ya porque no se haya tenido nunca, ya porque habiéndola tenido se pierda (...).
Quien ostenta sobre la finca algún título, de los que confieren el derecho al disfrute o posesión de la misma, puede hacer que cese dicha posesión tolerada o consentida, cuando tenga a bien exteriorizar, en forma legal, su propósito de poner fin a la precaria posesión ajena».
Los demandantes, propietarios de la vivienda, solicitaron al juzgado el desalojo de su hijo, que, siendo mayor de edad y gozando de un trabajo fijo y estable, ocupaba el inmueble sin título habilitante y sin abonar cantidad alguna.
Declarado en rebeldía por no comparecer en el procedimiento, el demandado no alegó ni acreditó ostentar un título habilitante para la posesión de la finca, puntualizando la propia sentencia que «La relación de parentesco entre las partes no determina la atribución de título para el uso del inmueble del que son titulares los demandados».
Por tal razón, el juzgado estimó la pretensión del matrimonio, condenando al demandado a desalojar la vivienda y apercibiéndole de que se procedería a su lanzamiento en caso de no dejarla «libre, vacua y expedita» dentro del plazo legal establecido.