Última revisión
18/06/2026
Convenio de la OIT sobre el Trabajo en Plataformas Digitales

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha aprobado, en la 114.ª Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Ginebra desde el 1 de junio de 2026, el Convenio sobre la Economía Decente en el Trabajo de Plataformas, un nuevo instrumento internacional destinado a reforzar la protección de quienes prestan servicios a través de plataformas digitales.
Según informa la propia OIT en su página web, «esta primera norma internacional del trabajo sobre la economía de plataformas constituye un importante avance para responder a los desafíos de un mundo del trabajo en rápida transformación». El nuevo convenio salió adelante este viernes con 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones, y equipara los derechos de estos trabajadores con los del resto de empleados en ámbitos como el salario mínimo, la seguridad social, la salud laboral y la protección frente al despido.
La norma reconoce —en consonancia con lo establecido a nivel interno en España por la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, conocida como «Ley Rider»— el derecho a ser informado sobre los algoritmos que afecten a su actividad y a solicitar la revisión de las decisiones automatizadas.
El objetivo es corregir los «déficits» actuales de protección y aproximar su estatuto al de otros trabajadores, especialmente en materias retributivas y de cobertura social. En esa línea, el convenio emplaza a los Estados miembros a adoptar medidas para garantizar el respeto de los derechos fundamentales en el trabajo, entre ellos:
- La libertad de asociación y de negociación colectiva.
- La eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil.
- La no discriminación.
- El derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable.
Una vez ratificado el documento, cada país deberá asegurar una remuneración adecuada para estos trabajadores, que en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal o negociado aplicable. También prevé medidas para facilitar el acceso a la protección de la seguridad social y a una formación correcta. Otra de las previsiones destacadas en el texto es la prohibición del despido o de la «desactivación de la cuenta» por motivos discriminatorios o ilícitos, una cuestión especialmente sensible en el trabajo gestionado mediante aplicaciones.
Uno de los aspectos más novedosos afecta directamente al uso de algoritmos y sistemas análogos para evaluar el trabajo y adoptar decisiones sobre los empleados. El texto advierte del creciente recurso a estas herramientas en la economía de plataformas y exige que los trabajadores sean informados de cómo se toman esas decisiones y que puedan pedir su revisión. A ello se suman garantías sobre la protección de los datos personales y medidas frente a la violencia y el acoso, incluida la ejercida en línea. El convenio también reconoce, por último, el derecho de los trabajadores a interrumpir una tarea cuando exista un peligro grave para su vida o su salud.Dere
