El Consejo de Ministros, ... la suya.

Última revisión
17/03/2015

El Consejo de Ministros, del pasado 13 de marzo, ha aprobado el real decreto por el que se regula un catálogo homogéneo de las categorías profesionales de los servicios de salud, que permitirá al personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (SNS) acceder a plazas vacantes en otras comunidades autónomas diferentes a la suya.

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Materias: laboral

Fecha: 17/03/2015

Catálogo de categorías para garantizar la movilidad del personal estatutario de los servicios de salud.
Catálogo de categorías para garantizar la movilidad del personal estatutario de los servicios de salud.

En virtud de la nueva normativa, propuesta por el ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el personal estatutario (médicos, enfermeros, personal no sanitario…) podrá acceder a plazas vacantes en otras Comunidades Autónomas. El proyecto prevé, asimismo, que el catálogo pueda estar permanentemente actualizado. Esto supone la homologación de 351 categorías profesionales a 131 categorías de referencia, lo que permitirá la movilidad.

Criterios básicos

Los concursos de traslado convocados por los distintos servicios de salud deberán cumplir unos criterios básicos:

  • a) Especificar la categoría equivalente, que será la propia en la que se oferten plazas, y la de referencia.
  • b) Con la finalidad de garantizar el conocimiento y la difusión a todo el personal estatutario afectado que resulte con derecho a participar en estas convocatorias, deberá dejarse constancia en las mismas de las categorías afectadas en las que se pretenda ofertar plazas a concurso de traslado.
  • c) Se declaran equivalentes las categorías que aparecen en el catálogo respecto de la categoría de referencia a la que se equiparan.
  • d) Las convocatorias cumplirán con la necesaria coordinación interregional y deberá primar el principio de colaboración entre todos los servicios de salud.
  • e) El acceso a las categorías de referencia mediante la participación en un concurso de traslado precisará que el aspirante se encuentre encuadrado, en su categoría de origen, en la especialidad o categoría específica en que se oferten plazas.

Enfermeros especialistas

Igualmente, las comunidades autónomas que no lo hayan hecho deberán proceder a la creación de las categorías de enfermeros especialistas como elemento que suponga la implementación, en el ámbito del SNS, de las especialidades de enfermería, añade Sanidad.

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