Vi �nico al Instruccion... municipal

Vi �nico al Instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del padrón municipal

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VI. Remisión al INE de la información necesaria para el contraste de la cifra de población

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VI.1. Resultados numéricos de la revisión.

Los resultados numéricos de la revisión anual, que consistirán en especificar únicamente la población resultante para el municipio referida al 1 de enero, se remitirán dirigidos a la correspondiente Delegación Provincial del INE, electrónicamente.

VI.2. Fichero CppmmmAI.aaa justificativo de la cifra remitida.

Además de la cifra de población, y para que los posibles reparos que hubiera de formular el INE, en virtud de lo previsto en el artículo 82 del Reglamento de Población, puedan detallarse a nivel de registro, se enviará el fichero, copia del Padrón completo a 1 de enero, del que se haya deducido la cifra de población comunicada, mediante el aplicativo IDA-Padrón.

El fichero cuya denominación será CppmmmAI.aaa, se remitirá ajustado a las especificaciones que se detallan en el anexo I.

VI.3. Plazo de envío de la información.

La cifra de la revisión y el fichero CppmmmAI.aaa se remitirán en el plazo establecido en el calendario anual.