V �nico Medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de CCAA y Ciudades con Estatuto de Autonomía
V
(DEROGADO)
Aborda esta Ley, en su Título IV, la participación de las Comunidades Autónomas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria de manera que se cumplan los objetivos del Acuerdo alcanzado el pasado 27 de julio de 2001. Hasta ahora esta participación se ceñía exclusivamente a las actuaciones llevadas a cabo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria y de los Consejos Territoriales de Dirección para la Gestión Tributaria.
De ahora en adelante, además de potenciarse las actuaciones de la Comisión Mixta y de los Consejos Territoriales antes citados, existirá un Consejo Superior de Dirección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con importantes funciones de informe, propuesta y asesoramiento, del que formarán parte seis representantes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que, a tal efecto, serán designados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.
- Artículo modificado por Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
(BOE de 19-12-2009) en vigor desde 01-01-2009