Tarifa 1 adquisicion defensa y mantenimiento de derechos adquisicion Marcas
TARIFA PRIMERA Adquisición, defensa y mantenimiento de derechos
1.1 Tasa de solicitud de registro:
a. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase solicitada: 138,94 euros. Por la segunda clase y cada una de las sucesivas: 90,00 euros.
b. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase solicitada: 277,85 euros. Por la segunda clase y cada una las sucesivas: 180,00 euros.
c. De un registro internacional (tasa nacional): 41,43 euros.
1.2 Tasa de división. Por cada solicitud o registro divisional resultante: 52,81 euros.
1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 105,35 euros.
1.4 Tasa de solicitud de resolución urgente: 51,11 euros.
1.5 Por cada prioridad extranjera o de exposición reivindicada: 19,08 euros.
1.6 Modificaciones: por la modificación de la modalidad, distintivo, lista de productos o servicios, del reglamento de uso o, en general, por cualquier modificación del expediente autorizada por la Ley, ya sea de la solicitud o del registro de la marca, cuando se efectúe de modo espontáneo por el solicitante o titular y no como consecuencia de un suspenso decretado de oficio: 23,19 euros.
1.7 Oposiciones: Por formulación de oposición: 43,27 euros.
1.8 Tasas de la renovación del registro:
a. De una marca o nombre comercial. Por la primera clase renovada: 160,86 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 108,00 euros.
b. De una marca de garantía o colectiva. Por la primera clase renovada: 323,10 euros. Por la segunda clase renovada y cada una de las sucesivas: 216,00 euros.
1.9 Demoras: por demoras en los pagos de las tasas de renovación y quinquenios sucesivos (régimen transitorio), los recargos serán del 25%, dentro de los tres primeros meses, y del 50%, dentro de los tres siguientes, hasta el máximo de seis meses de demora.
1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 88,09 euros.
Cuando la presentación del recurso se efectúe por medios telemáticos: reducción de un 15% sobre el importe de la tasa.
1.11 Quinquenios sucesivos (régimen transitorio): 79,90 euros.
1.12 Nulidad o caducidad: por la presentación de una solicitud de nulidad o caducidad: 200 euros.
- Modificación realizada (Anexo (tasas de la tarifa primera)) por Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados.
(BOE de 27-12-2018) en vigor desde 14-01-2019 - Modificación realizada (Anexo (tasas de la tarifa primera)) por Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
(BOE de 04-07-2018) en vigor desde 05-07-2018 - Modificación realizada por Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
(BOE de 23-12-2010) en vigor desde 01-01-2011 - Modificación realizada por Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
(BOE de 24-12-2009) en vigor desde 01-01-2010 - Artículo modificado por LEY 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
(BOE de 08-07-2003) en vigor desde 09-07-2003