Legislación
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Resolución de 16 de marzo de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se publican los importes actualizados de los módulos económicos por unidad escolar establecidos en el anexo II de la Ley Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020 tras la publicación del Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público. [Cód. 2020-03007], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 07-05-2020

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 87

F. Publicación: 07/05/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 87 de 07/05/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Antecedentes de hecho

Primero.-La Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020 (BOPA 31/12/2019), en su anexo II fija el importe de los módulos económicos por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el año 2020.

Segundo.-En el ámbito estatal, el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, BOE 27 de diciembre de 2018, fija en su anexo I los módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados para el año 2019. En este Real Decreto-ley, se prevé en su artículo 1 apartado ocho lo siguiente:

'A las cuantías recogidas en los anexos 1 y 2 les resultará de aplicación el incremento retributivo adicional vinculado a la evolución del PIB que, de acuerdo con el artículo 3.Dos, se apruebe para el personal del sector público estatal.'

El citado artículo 3.Dos nos indica:

…'Además de lo anterior, si el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2018 alcanzara o superase el 2,5 por ciento se añadiría, con efectos de 1 de julio de 2019, otro 0,25 por ciento de incremento salarial.'…

Tercero.-En el ámbito autonómico el Acuerdo de 22 de enero de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan para 2019 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias nos indica en su apartado primero lo siguiente:

'Primero.-Fijar para 2019 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias por los conceptos y cuantías establecidas en el presente Acuerdo, que incluyen un incremento del 2,25 por ciento desde el 1 de enero.'

Por otra parte el Acuerdo de 11 de julio de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan con efectos de 1 de julio de 2019 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias en sus puntos primero y tercero nos dicen:

'Primero.-Fijar con efectos desde el 1 de julio de 2019 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias por los conceptos y cuantías establecidas en el presente Acuerdo, que incluyen un incremento del 2,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2018.

Tercero.-El presente acuerdo tendrá efectos económicos desde el día 1 de julio de 2019.'

La Consejería de Educación del Principado de Asturias ha mantenido invariables los módulos de sostenimiento de los centros concertados durante el año 2019.

Cuarto.-En el ámbito estatal, el Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (BOE 22/01/2020), establece como importe del módulo económico destinado al sostenimiento de los centros concertados para 2020 el indicado en el anexo I de dicho Real Decreto-ley, que contempla un incremento porcentual del 2% sobre los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados, publicados para el año 2019. Por otra parte, como se ha indicado en el antecedente segundo, el Real Decreto-ley 24/2018 fijaba para el año 2019 unos importes para los módulos económicos para el año 2019, aunque tal y como se indica en sus artículos 1.8 y 3.2, los importes se han elevado tácitamente desde el 1 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019 un 0,25% en función de la variación del PIB y su reflejo en las retribuciones del personal al servicio de la administración pública.

Fundamentos de derecho

Primero.-El artículo 117.1 de la Ley Orgánica 2/2006, estipula que el importe de los fondos públicos necesarios para sostener los centros concertados, a fin de garantizar la gratuidad de las enseñanzas, se incluirá en los presupuestos de las distintas Administraciones Públicas.

Para distribuir la cuantía global se fijarán, tal y como se regula en el artículo 117.2 de la LOE, los módulos económicos por unidad escolar en los Presupuestos Generales del Estado y, si es necesario, en las de las comunidades autónomas, no siendo éste inferior al estatal en ninguna de las cuantías en que se divide el módulo por unidad.

Segundo.-De conformidad con el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos, la asignación de fondos para financiar la suscripción o renovación de los conciertos educativos se realizará dentro de la cuantía global establecida en los presupuestos generales de la administración educativa en función de los módulos económicos por unidad escolar y nivel educativo que se fijen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y en su caso de las Comunidades Autónomas.

Tercero.-La Resolución de 25 de abril de 2019, de la Consejería de Educación y Cultura, publica los importes actualizados para el año 2019, de los módulos económicos por unidad escolar establecidos en el anexo II de la Ley del Principado de Asturias 14/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2019, una vez publicado en el ámbito estatal el Real Decreto-ley 24/2018 de 21 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional quinta de la Ley 14/2018 del Principado de Asturias, si se modificasen los importes de los módulos para el sostenimiento de los centros concertados previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019, los importes de los módulos fijados en el anexo II de la citada Ley, se actualizarán en la misma proporción.

Por lo tanto al haberse producido un incremento del módulo de sostenimiento en el ámbito estatal, desde el 1 de julio de 2019 hasta el 31/12/2019 en un 0,25%, atendiendo al incremento retributivo adicional vinculado a la evolución del PIB y aplicado al personal del sector público, según lo previsto en el RD-ley 24/2018, es adecuado publicar por parte de la Consejería de Educación, un anexo I que recoja el incremento de los módulos de sostenimiento de los centros concertados, a nivel autonómico, del 0,25% para el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y 31 de diciembre de 2019.

Cuarto.-El importe de los módulos económicos por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el año 2020, está fijado en el anexo II de la Ley Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020 (BOPA 31/12/2019).

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional quinta de la Ley 8/2019 del Principado de Asturias, si se modificasen los importes de los módulos para el sostenimiento de los centros concertados previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020, los importes de los módulos fijados en el anexo II de la citada Ley, se actualizarán en la misma proporción.

A nivel estatal, el Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (BOE 22/01/2020), establece como importe del módulo económico destinado al sostenimiento de los centros concertados para 2020 el indicado en el anexo I, recogiendo un incremento en los importes del módulo económico del 2% sobre el importe establecido para el 2.º semestre del año 2019.

Por idénticos motivos es adecuado publicar por parte de la Consejería de Educación, un anexo II que recoja el incremento de los módulos de sostenimiento de los centros concertados, a nivel autonómico, del 2% para el año 2020.

En virtud de ello, vistos los antecedentes de hecho concurrentes y los fundamentos de derecho aplicables,

RESUELVO

Primero.-Ordenar la publicación de los módulos económicos por unidad escolar, actualizados según se ha indicado en el cuerpo de la presente Resolución, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019 como anexo I.

Segundo.-Ordenar la publicación de los módulos económicos por unidad escolar, actualizados según se ha indicado en el cuerpo de la presente Resolución, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el año 2020 como anexo II.

Oviedo, a 16 de marzo de 2020.-La Consejera de Educación, Carmen Suárez Suárez.-Cód. 2020-03007.

Anexo I

MÓDULOS ECONÓMICOS DE CENTROS CONCERTADOS

(Efectos a partir 1 de julio de 2019)

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Anexo II

MÓDULOS ECONÓMICOS DE CENTROS CONCERTADOS

(Efectos a partir 1 de enero de 2020)

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