Legislación

Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de la institución de 8 de octubre de 2020, sobre ampliación del plazo de rendición de la Cuenta General de las entidades locales del ejercicio 2019., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 03-11-2020

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 212

F. Publicación: 03/11/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 212 de 03/11/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 8, apartado b), de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, contempla dentro del ejercicio la función fiscalizadora de esta institución el «examen y comprobación de las cuentas de las Corporaciones Locales». Por su parte, el artículo 11, apartado b, de la citada ley, al referirse a la rendición de cuentas de las Corporaciones Locales, establece que (...) se presentarán dentro del mes siguiente a su aprobación por los respectivos Plenos y, en todo caso, antes del primero de noviembre inmediato posterior al ejercicio económico a que se refieran.

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 regula en su art. 48, medidas extraordinarias aplicables en relación con los plazos de formulación y rendición de cuentas anuales del ejercicio 2019 de las entidades del sector público estatal y de remisión de la Cuenta General del Estado al Tribunal de Cuentas. En concreto, prescribe: «1. Las entidades de derecho público pertenecientes al sector público estatal procurarán formular y rendir las cuentas anuales de 2019 de acuerdo con los plazos previstos en la normativa. No obstante, cuando con motivo de la declaración de estado de alarma ello no fuera posible y así fuera acordado y comunicado por el cuentadante a la Intervención General de la Administración del Estado, quedarán suspendidos los plazos previstos en la normativa que resultara de aplicación, desde la declaración de dicho estado, reanudándose su cómputo cuando desaparezca dicha circunstancia o ampliándose el plazo previsto en un periodo equivalente al de la duración efectiva del estado de alarma. 2. De la misma forma, los plazos previstos en la normativa reguladora de la remisión de las cuentas y el resto de la información financiera al Tribunal de Cuentas, quedarán suspendidos desde la declaración del estado de alarma, reanudándose su cómputo cuando desaparezca dicha circunstancia o ampliándose el plazo previsto en un periodo equivalente al de la duración efectiva del estado de alarma. 3. Las previsiones anteriores serán de aplicación al sector público local, afectando también a los plazos de tramitación de la Cuenta General en la entidad local, y podrán ser de aplicación supletoria al sector público autonómico.»

El Tribunal de Cuentas en aplicación del artículo 48 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, una vez concluido el estado de alarma, amplia en 99 días el plazo legal de rendición de la Cuenta General de las entidades locales al Tribunal de Cuentas , previsto en el artículo 223.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, - «antes de día 15 de octubre de cada año»- , lo que determina que la Cuenta General del ejercicio 2019 deberá rendirse antes del 22 de enero de 2021.

En base a todo lo anterior, el Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de octubre de 2020, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 19.a) de la Ley 1/1988, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como, de lo dispuesto en el artículo 10.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la citada Institución,

ACUERDA

Ampliar el plazo para la rendición de la Cuenta General de 2019 por las entidades locales de Andalucía a la Cámara de Cuentas hasta el 21 de enero de 2021.

Sevilla, 27 de octubre de 2020.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.