Legislación

Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se revisa el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 04-03-2021

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE IGUALDAD, POLITICAS SOCIALES Y CONCILIACION

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 42

F. Publicación: 04/03/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 42 de 04/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 22.1 de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece el sistema de financiación aplicable cuando este servicio se presta como recurso para la atención a la dependencia.

Con arreglo a dicho sistema, el servicio se financia con las aportaciones de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las personas usuarias. La Comunidad Autónoma realiza transferencias de financiación a las Corporaciones Locales de Andalucía, que son quienes prestan el servicio en su ámbito territorial, de manera directa o indirecta.

En este sentido, el coste/hora del servicio constituye un factor determinante para el cálculo de la cuantía a financiar por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como para establecer la participación en el coste del mismo por parte de las personas usuarias.

En la actualidad, la disposición adicional primera de la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se modifica la Orden de 15 de noviembre de 2007, fija el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio en 13 euros, cuantía que permanece inalterable desde 2007, año de implantación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

En la actualidad, la experiencia acumulada en la financiación y gestión del servicio de ayuda a domicilio aconseja aumentar el coste/hora máximo del mismo, de manera que se garantice su prestación con los niveles de calidad exigibles en el ámbito del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía. Por otra parte, esta mejora de la financiación del servicio contribuye a garantizar la sostenibilidad del sector y la calidad del empleo que genera en nuestra Comunidad Autónoma.

Corresponde a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía la competencia para el desarrollo de actuaciones de planificación, ordenación, coordinación y dirección de los servicios de promoción de la autonomía personal, prevención y atención a las personas en situación de dependencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban sus Estatutos.

Por otra parte, la disposición adicional primera de la Orden de 28 de junio de 2017 habilita a la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, para revisar el coste/hora máximo del servicio mediante resolución.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero. Revisar el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se modifica la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aumentando su cuantía un 12,31%.

Segundo. Fijar el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio, prestado en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en 14,60 euros.

Tercero. A los efectos del sistema de financiación del servicio previsto por el artículo 22.1 de la Orden de 15 de noviembre de 2007, el nuevo coste/hora máximo se aplicará con efectos desde el 1 de marzo de 2021.

Sevilla, 25 de febrero de 2021.- El Director-Gerente, Víctor Manuel Bellido Jiménez.