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Resolución de 23 de enero de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se modifica la Resolución de 29 de junio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueban los modelos de declaración responsable y comunicación previa aplicables a las actividades turísticas en el Principado de Asturias. , - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 08-02-2023

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 26

F. Publicación: 08/02/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 26 de 08/02/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

Resolución de 23 de enero de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se modifica la Resolución de 29 de junio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueban los modelos de declaración responsable y comunicación previa aplicables a las actividades turísticas en el Principado de Asturias.

Por medio de la Resolución de 29 de junio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, se aprobaron los modelos de declaración responsable y comunicación previa aplicables a las actividades turísticas en el Principado de Asturias.

Posteriormente se han aprobado el Decreto 33/2022, de 3 de junio, de ordenación de albergues turísticos y Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito, en virtud de los cuales las declaraciones responsables reguladas deberán presentarse por vía electrónica a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común y dirigidos a la administración competente en materia turística.

Por su parte, el apartado 5 del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que “las Administraciones Públicas tendrán permanentemente publicados y actualizados modelos de declaración responsable y comunicación, fácilmente accesibles a los interesados.”

A la vista de las citadas normas y con el fin de dotar de una mayor flexibilidad las declaraciones responsables y comunicación procede determinar que la aprobación de nuevos modelos normalizados de declaración responsable y comunicación del inicio de la actividad de las distintas actividades turísticas estén disponibles en la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es dirigidas a la Consejería competente en materia de turismo.

En consecuencia con lo expuesto, vistos los artículos 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno y 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, de régimen jurídico de la Administración, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Modificar la Resolución de 29 de junio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueban los modelos de declaración responsable y comunicación previa aplicables a las actividades turísticas en el Principado de Asturias, sustituyendo los modelos de declaración responsable y comunicación de inicio de las actividades turísticas por los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común y dirigidos a la administración competente en materia turística.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Oviedo, a 23 de enero de 2023.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2023-00678.