Legislación

Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se delegan las competencias del control sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), y conteo de efectivos ganaderos de expedientes controlados por monitorización y teledetección de determinados regímenes de ayuda comunitarios de desarrollo rural asimilados al SIGC, y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el SIGC de las ayudas directas de la PAC, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, dejando sin efecto la Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercado., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 01-04-2022

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 63

F. Publicación: 01/04/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 63 de 01/04/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

En fecha de 19 de octubre de 2021, fue publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 201, Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se delegan las competencias del control sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), y conteo de efectivos ganaderos de expedientes controlados por monitorización y teledetección de determinados regímenes de ayuda comunitarios de desarrollo rural asimilados al SIGC, y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el SIGC de las ayudas directas de la PAC, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, dejando sin efecto la Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercado.

En la actualidad, habiendo sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en fecha de 1 de febrero de 2022, la Resolución de 24 de enero de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se disponen para el año 2022 las ayudas que se incluyen en la Solicitud Única, al amparo del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, y de la Orden de 12 de marzo de 2015, así como las particularidades de la Campaña 2022, por la que se dispone que para la campaña 2022, en Andalucía se aumenta la superficie controlada por monitorización respecto a la campaña anterior, comprendiendo la totalidad del territorio andaluz, todo ello al amparo de lo establecido en el Artículo 40 bis del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 809/2014, de 17 de julio de 2014, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2018/746, de 18 de mayo de 2018.

Adicionalmente, se realizarán controles mediante monitorización para la Medida 11: Agricultura Ecológica, a todos los expedientes que soliciten dicha ayuda de desarrollo rural en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Indicar que la naturaleza preventiva del control mediante técnicas de monitorización se basa en la observación continua de las superficies agrarias mediante Satélites Sentinel de Copérnicus, y en la utilización de otros datos con un valor equivalente al de estas imágenes, lo que permite la comprobación de los requisitos de admisibilidad, compromisos u otras obligaciones relacionadas con los regímenes de ayudas controlados.

Por todo ello, dado que la técnica de teledetección finalmente desaparece, se hace necesaria la aprobación de una modificación de la Resolución de 29 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, determinando el ámbito objetivo actual de la delegación de competencias en AGAPA, concretando las operaciones a las que se extiende dicha delegación.

En virtud de lo anterior, de conformidad con los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía y del Artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y, en particular, el Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo de certificación, así como el artículo 13 del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

RESUELVO

Primero. Se modifica el punto primero del apartado segundo del Resuelvo de la Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, que queda redactado en los siguientes términos:

«1.º De los controles sobre el terreno del cumplimiento de las condiciones admisibilidad, requisitos, compromisos y línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), de las siguientes operaciones de las Medidas 10 (Agroambiente y Clima) establecidas en virtud del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014/2020 e incluidas en el SIGC:

Operación 10.1.7: Sistemas sostenibles de olivar y prima voluntaria.

Operación 10.1.11: Agricultura de montaña con orientación ecológica en cultivos leñosos (permanentes).

Operación 10.1.12: Agricultura de montaña con orientación ecológica en olivar.

De los controles sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación) y del conteo de efectivos ganaderos, en su caso, de expedientes controlados por monitorización de los siguientes regímenes de ayuda incluidos en el SIGC de las siguientes operaciones de la Medidas 11 (Agricultura Ecológica), en virtud del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014/2020:

Operación 11.1.1: Conversión a prácticas de agricultura y ganadería ecológica. Contempla actuaciones en los siguientes sectores: cultivos herbáceos (incluye arroz), cultivos hortícolas, cultivos permanentes distintos de olivar, bovino y equino, ovino, caprino, aviar, porcino y apícola.

Operación 11.1.2: Conversión a prácticas de olivar ecológico. Contempla actuaciones en olivar.

Operación 11.2.1: Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológica. Contempla actuaciones en los siguientes sectores: cultivos herbáceos (incluye arroz), cultivos hortícolas, cultivos permanentes distintos de olivar, bovino y equino, ovino, caprino, aviar, porcino y apícola.

Operación 11.2.2: Mantenimiento de prácticas y métodos agricultura ecológica en olivar. Contempla actuaciones en olivar.»

Segundo. En los actos que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención expresa de la presente resolución y su fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo aplicable para los controles realizados por AGAPA en Campaña PAC 2022 y siguientes.

Sevilla, 22 de marzo de 2022.- La Directora General, María Consolación Vera Sánchez.