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Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba el formulario de comunicación de sospecha de enfermedad profesional., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 22-07-2024

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: Consejería de Salud y Consumo

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 141

F. Publicación: 22/07/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 141 de 22/07/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba el formulario de comunicación de sospecha de enfermedad profesional.

El 31 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, cuyo artículo 12 establece la regulación aplicable a la elaboración de los formularios establecidos por la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de trámites.

La Secretaría General para la Administración Pública aprueba, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, la Guía de normalización e inscripción de formularios de la Junta de Andalucía. En ella se recoge tanto el proceso a seguir para la normalización e inscripción de los formularios como las características técnicas, de diseño y funcionales a que han de ajustarse los mismos conforme con lo dispuesto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

El formulario es una pieza esencial de la gestión administrativa. En muchos casos el cauce de iniciación de los procedimientos, además de una importante herramienta de simplificación administrativa. Se pone especial cuidado en la adecuada configuración de los formularios, no sólo en lo relativo a los datos, campos o documentos que exijan aportar, sino también en cuanto a la información que el propio formulario debe suministrar a las personas interesadas para el adecuado ejercicio de sus derechos. Por ello, los formularios deben inscribirse en el Registro de Procedimientos y Servicios, a fin de que se integren a su vez en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, y queden a disposición de la ciudadanía de manera clara y accesible para la realización de los trámites que le conciernan.

El artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, establece que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el caso de formularios cuyo medio de presentación sea exclusivamente electrónico, se hará constar claramente que dicha publicación es únicamente a efectos informativos.

Por otro lado, la Orden de 30 de enero de 2015, por la que se determina el sistema de comunicación de sospecha de enfermedad profesional por las personas facultativas médicas de los servicios de prevención de riesgos laborales, dispone que si éstas con ocasión de sus actuaciones profesionales, tuvieran conocimiento de la existencia de alguna de las enfermedades relacionadas en los Anexos 1 y 2 del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, lo comunicarán, en el plazo de cinco días desde que tuvieran conocimiento de la misma, a la correspondiente Delegación Territorial o Provincial competente en materia de salud, mediante un formulario con los contenidos relacionados en el anexo de dicha orden.

Asimismo, la disposición final primera de dicha orden faculta a la persona titular de la Secretaría General de Calidad, Innovación y Salud Pública para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones y actos que resulten necesarios para la ejecución de la presente orden. Correspondiendo actualmente a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, la ejecución y evaluación de las competencias que corresponden a la Consejería en materia de promoción, prevención, vigilancia, protección de la salud y salud laboral.

Debido a la necesidad de contar con un formulario de comunicación de sospecha de enfermedad profesional con los datos del anexo de la Orden de 30 de enero de 2015 anteriormente referida, adaptado a la Guía de normalización e inscripción de formularios de la Junta de Andalucía, se estima necesario aprobar el mismo.

En base a lo anterior, esta Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, en uso de sus competencias,

RESUELVE

Único. Se aprueba el formulario normalizado de comunicación de sospecha de enfermedad profesional que se adjunta como anexo a la presente resolución.

Sevilla, 16 de julio de 2024.- El Director General, Jorge Guillermo del Diego Salas.

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)