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Resolución de 14 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 11 de enero de 2022, por la que se prorroga la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 14-01-2022

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD Y FAMILIAS

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 9

F. Publicación: 14/01/2022

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 9 de 14/01/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

La Consejería de Salud y Familias ha dictado la Orden de 11 de enero de 2022, por la que se prorroga la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.

El Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso- Administrativo en Granada, Sección Primera, en el Auto número 9/2022 de 13 enero de 2022, dispone la ratificación de la Orden de 11 de enero de 2022, por la que se prorroga la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 7.1.f) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVO

Dar publicidad a la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 11 de enero de 2022, por la que se prorroga la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, con vigencia temporal hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2022, ratificada por el Auto núm. 9/2022 de 13 de enero del 2022, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, Sección Primera, que figura como anexo a la presente resolución.

Sevilla, 14 de enero de 2022.- La Secretaria General Técnica, Asunción Alicia Lora López.

ANEXO

ORDEN DE 11 DE ENERO DE 2022, POR LA QUE SE PRORROGA LA MEDIDA ESTABLECIDA EN LA ORDEN DE 3 DE DICIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE ESTABLECE LA MEDIDA PREVENTIVA DE SALUD PÚBLICA RELATIVA AL CERTIFICADO COVID-19 O PRUEBA DIAGNÓSTICA PARA EL ACCESO A CENTROS SANITARIOS CON INTERNAMIENTO Y CENTROS SOCIOSANITARIOS DE CARÁCTER RESIDENCIAL

La Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la preventiva de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, estableció dicha medida hasta las 00:00 horas del 15 de enero de 2022. El Auto núm. 542/21 de 7 de diciembre del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso- Administrativo en Granada, Sección Primera, ratificó la citada medida, y la Resolución de la Secretaría General Técnica de 7 de diciembre de 2021 dio publicidad a la mencionada Orden (BOJA extraordinario número 90, de 7 de diciembre de 2021).

El Consejo de Alertas de Salud Pública de Acto Impacto, en su reunión del día 3 de enero de 2022, ha propuesto que se prorrogue hasta el 31 de enero de 2022, inclusive, la medida adoptada en la citada Orden y ratificada por el referido Auto. Dicha propuesta se fundamenta, principalmente, en una situación de aumento muy importante de casos de la sexta ola de la enfermedad, que si bien comenzó de una forma lenta y sostenida, se ha acelerado exponencialmente en las últimas tres semanas.

En la actualidad, si bien la cobertura vacunal es elevada, nos encontramos en una situación de aumento muy importante de casos de la sexta ola de la enfermedad que comenzó con un aumento de casos de una forma lenta y sostenida en la semana 41 (11-17 de octubre de 2021) y que se ha acelerado de forma exponencial en las últimas tres semanas. De hecho, a nivel de Distritos sanitarios, todos se encuentran en nivel de riesgo muy alto: cuatro están por encima de 2.000 (Córdoba, Guadalquivir, Granada y Jaén Nordeste), uno se encuentra por debajo de 1.000 (Poniente de Almería con 969), el resto de Distritos se sitúan con una incidencia entre 1.000 y 2.000.

Respecto a la incidencia por tramos etarios, en mayores de 65 años (tramo a partir del cual se considera que la infección por SARs-CoV-2 conlleva mayores posibilidades de padecimientos graves y hospitalizaciones) también ha experimentado un incremento en las tasas de incidencia, desde finales de noviembre de 2021, donde se encontraban por debajo de 100 casos x 100.000 habitantes a 14 días, situándose actualmente en incidencias de 782,7 a 14 días, con provincias donde la incidencia es mayor.

La situación epidemiológica a fecha actual es de un nivel de riesgo superior al existente en el momento de dictar la Orden de 3 de diciembre de 2021, siendo la finalidad de esta medida proteger a las personas ingresadas en este tipo de centros dado su carácter especialmente vulnerable.

Por ello, se considera necesario y oportuno, a la vista de la situación epidemiológica actual, donde se espera observar una cierta estabilización de los casos, así como un mayor conocimiento científico sobre las características de la nueva variante Ómicron, prorrogar la medida establecida en la Orden de esta Consejería de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, hasta incluido el 31 de enero de 2022, pudiéndose entonces valorar el impacto de las dosis de refuerzo a la población mayor de 50 años, el impacto de la cobertura vacunal en menores de 5 a 12 años (donde se espera que en dicha fecha sea mucho mayor) y el impacto de esta nueva variante sobre la ocurrencia de brotes en los centros incluidos en dicha orden, que si bien son más del 60% de los acaecidos la última semana, gracias a la dosis de refuerzo actualmente tienen menos consecuencias graves, pero aun así deben mantenerse las medidas implementadas para minimizarse los riesgos en estos entornos de estas personas en situación vulnerable, tal como se justificó en su momento.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de los artículos 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Prórroga de la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.

Se prorroga, en los mismos términos, la medida establecida en la Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, desde las 00:00 horas del día 15 de enero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2022.

Disposición final primera. Ratificación judicial.

De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, dese traslado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en orden a solicitar la ratificación judicial de aquellas medidas que puedan restringir o limitar derechos fundamentales, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición final segunda. Régimen sancionador.

El incumplimiento de la medida de prevención de salud pública de la presente orden quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el COVID-19.

JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ

Consejero de Salud y Familias