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Resolución 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se dispone la publicación del fallo de la Sentencia número 2330/2020, de 20 de julio, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el procedimiento ordinario número 755/2018., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 19-04-2021

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE TURISMO, REGENERACION, JUSTICIA Y ADMINISTRACION LOCAL

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 72

F. Publicación: 19/04/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 72 de 19/04/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 20 de julio de 2020, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el procedimiento ordinario núm. 755/2018, dimanante del recurso contencioso-administrativo, interpuesto por doña María Isabel Santoyo Sánchez, contra el Decreto 90/2018, de 15 de mayo (BOJA núm. 97/2018), dictado por la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense y de la Comisión de Coordinación de los Institutos de Medicina Legal, aprobado por Decreto 69/2012, de 20 de marzo, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal.

FALLO

«1. Desestimamos la causa de inadmisibilidad opuesta por la administración demandada.

2. Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña María Victoria de Rojas Torres, en nombre y representación de doña María Isabel Santoyo Sánchez, contra el Decreto 90/2018, de 15 de mayo (BOJA núm. 97/2018), en el extremo de anular y dejar sin efecto la referencia contenida en su artículo 13 bis 2 a la persona médico forense , como encargada de la coordinación de la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género, por ser contraria a derecho.

3. No se hace pronunciamiento de condena en costas.»

Segundo. Mediante oficio de fecha 18 de noviembre de 2020, la Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, remite certificación de la sentencia anteriormente referida, que ha sido declarada firme, con el fin de que se lleve a debido efecto, se adopten las resoluciones que procedan y se practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en ella.

Tercero. Con fecha 5 de marzo de 2021, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local emite resolución por la que se ordena la ejecución de la sentencia citada, consignando como órgano responsable del cumplimiento del fallo a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, Servicio de Instituto de Medicina Legal.

Por todo ello, vistos el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que dispone que las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo y preceptos anulados en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada y el artículo 11.4 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

HE RESUELTO

Disponer la publicación del fallo de la Sentencia núm. 2330/2020, de 20 de julio, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada en el procedimiento ordinario núm. 755/2018, promovido por doña María Isabel Santoyo Sánchez, en los términos expuestos en su fallo.

Sevilla, 13 de abril de 2021.- El Director General, Carlos Rodríguez Sierra.