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Reglamento Delegado (UE) 2017/1260 de la Comisión, de 19 de junio de 2017, por el que se sustituye el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un proceso monitorio europeo, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 13-07-2017

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: REGLAMENTOS

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 182

F. Publicación: 13/07/2017

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 182 de 13/07/2017 y no contiene posibles reformas posteriores

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/1260 DE LA COMISIÓN

de 19 de junio de 2017

por el que se sustituye el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un proceso monitorio europeo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo (1), y en particular su artículo 30,

Considerando lo siguiente:

(1)

En los anexos del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 se determinan los formularios que deben utilizarse para facilitar su aplicación.

(2)

El Reglamento (CE) n.o 1896/2006 fue modificado por el Reglamento (UE) 2015/2421 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) con efectos a partir del 14 de julio de 2017. Desde esa fecha, cuando se formule oposición contra un requerimiento europeo de pago, el demandante podrá solicitar que el procedimiento continúe de conformidad con las normas relativas al proceso europeo de escasa cuantía establecido en el Reglamento (CE) n.o 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). El apéndice 2 y las directrices al respecto incluidas en el anexo I deben tener en cuenta esta posibilidad. En aras de la claridad, procede sustituir la totalidad del anexo I.

(3)

Habida cuenta de que las modificaciones del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 empezarán a aplicarse el 14 de julio de 2017, el presente Reglamento debe entrar en vigor el 14 de julio de 2017.

(4)

De conformidad con el artículo 3 y el artículo 4 bis, apartado 1, del Protocolo n.o 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Reino Unido e Irlanda han notificado su deseo de participar en la adopción y aplicación del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 y del Reglamento (UE) 2015/2421, y no están, por lo tanto, vinculados por el presente Reglamento.

(5)

De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción del presente Reglamento y no está vinculada por el mismo ni sujeta a su aplicación.

(6)

En consecuencia, procede sustituir el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1896/2006.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 14 de julio de 2017.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro de conformidad con los Tratados.

Hecho en Bruselas, el 19 de junio de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1) DO L 399 de 30.12.2006, p. 1.

(2) Reglamento (UE) 2015/2421 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 861/2007 por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía, y el Reglamento (CE) n.o 1896/2006 por el que se establece un proceso monitorio europeo (DO L 341 de 24.12.2015, p. 1).

(3) Reglamento (CE) n.o 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía (DO L 199 de 31.7.2007, p. 1).

ANEXO

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ANEXO I

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Petición de requerimiento europeo de pago

Formulario A Artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un proceso monitorio europeo

Se ruega leer las indicaciones de la última página, le serán útiles para la comprensión de este formulario.

Se ruega tomar nota, en particular, de que este formulario debe cumplimentarse en la lengua o en una de las lenguas empleadas por el órgano jurisdiccional al que se presente la petición.

Obsérvese que el formulario está disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea; esto podrá serle útil para rellenarlo en la lengua exigida..

1. Órgano jurisdiccional

Número de asunto (a rellenar por el órgano jurisdiccional)

Órgano jurisdiccional

Recibido por el órgano jurisdiccional (día/mes/año)

Dirección

Firma y/o sello

Código postal

Localidad

País

2. Partes y representantes de las mismas

Códigos:

01 Demandante

03 Representante del demandante *

05 Representante legal del demandante **

02 Demandado

04 Representante del demandado *

06 Representante legal del demandado **

Código

Razón o denominación social

Código de identificación (si procede)

Apellidos

Nombre

Dirección

Código postal

Localidad

País

Teléfono ***

Fax ***

Correo electrónico ***

Profesión ***

Otros datos ***

Código

Razón o denominación social

Código de identificación (si procede)

Apellidos

Nombre

Dirección

Código postal

Localidad

País

Teléfono ***

Fax ***

Correo electrónico ***

Profesión ***

Otros datos ***

Código

Razón o denominación social

Código de identificación (si procede)

Apellidos

Nombre

Dirección

Código postal

Localidad

País

Teléfono ***

Fax ***

Correo electrónico ***

Profesión ***

Otros datos ***

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Texto de la imagen

Código

Razón o denominación social

Código de identificación (si procede)

Apellidos

Nombre

Dirección

Código postal

Localidad

País

Teléfono ***

Fax ***

Correo electrónico ***

Profesión ***

Otros datos ***

* por ejemplo Abogado ** por ejemplo padre, tutor, director general *** facultativo

3. Criterios de competencia del órgano jurisdiccional

Códigos:

01 Domicilio del demandado o codemandado

02 Lugar de cumplimiento de la obligación reclamada

03 Lugar del hecho dañoso

04 Cuando surja un litigio relativo a la explotación de una sucursal, agencia u otro establecimiento, el lugar en que dicha sucursal, agencia u otro establecimiento está situado

05 Domicilio del fideicomiso

06 Cuando surja un litigio relativo al pago de una remuneración reclamada por el salvamento de un cargamento o flete, el lugar del órgano jurisdiccional en cuya jurisdicción el cargamento o flete ha sido o podía haber sido incautado

07 Domicilio del titular de la póliza, el asegurado o el beneficiario en cuestiones de seguros

08 Domicilio del consumidor

09 Lugar de trabajo del trabajador por cuenta ajena

10 Lugar en que está situada la empresa que ha contratado al trabajador

11 Lugar en que está situado el inmueble

12 Acuerdo entre las partes de elección del foro

13 Domicilio del acreedor de alimentos

14 Otros (especifíquese)

Código

Especificación solo para el Código 14

4. Carácter transfronterizo del asunto

Códigos:

01

02

03

04

05

Bélgica

Bulgaria

Chequia

Alemania

Estonia

06

07

08

09

10

Grecia

España

Francia

Croacia

Irlanda

11

12

13

14

15

Italia

Chipre

Letonia

Lituania

Luxemburgo

16

17

18

19

20

Hungría

Malta

Países Bajos

Austria

Polonia

21

22

23

24

25

Portugal

Rumanía

Eslovenia

Eslovaquia

Finlandia

26

27

28

Suecia

Reino Unido

Otros (especifíquense)

Domicilio o residencia habitual del demandante

Domicilio o residencia habitual del demandado

País del órgano jurisdiccional

5. Datos bancarios (facultativo)

5.1. Pago de las tasas judiciales por el demandante

Códigos:

01 Por transferencia bancaria

02 Con tarjeta de crédito

03 Cobro por el órgano jurisdiccional de la cuenta bancaria del demandante

04 Justicia gratuita

05 Otros (especifíquese)

Si elige usted los códigos 02 o 03, rellene, por favor, los datos bancarios recogidos en el apéndice 1

Código

Especifíquese antes de elegir el código 05

5.2. Pago por el demandado del importe ordenado judicialmente

Titular de la cuenta

Nombre del banco (BIC) u otro código bancario pertinente

Número de cuenta

Número internacional de cuenta bancaria (IBAN)

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En EUR

Euro

BGN

Leva búlgara

CZK

Corona checa

GBP

Libra esterlina

HUF

Forinto húngaro

HRK

Kuna croata

PLN

Esloti polaco

RON

Leu rumano

SEK

Corona sueca

Otros (con arreglo al código bancario internacional)

6. Principal

Moneda:

Valor total del principal, excluidos intereses y costas

El crédito deriva de (Código 1)

01 Contrato de compraventa

02 Contrato de arrendamiento - bien mueble

03 Contrato de arrendamiento - bien inmueble

04 Contrato de arrendamiento - alquiler comercial

05 Contrato de servicios - electricidad, gas, agua, teléfono

06 Contrato de servicios - asistencia sanitaria

07 Contrato de servicios - transporte

08 Contrato de servicios - asesoría legal, fiscal, técnica

09 Contrato de servicios - hotel, restaurante

10 Contrato de servicios - reparación

11 Contrato de servicios - corretaje

12 Contrato de servicios - otros (especifíquese)

13 Contrato de obras

14 Contrato de seguros

15 Préstamo

16 Fianza u otro tipo de garantía(s)

17 Créditos derivados de obligaciones extracontractuales si hay acuerdo entre las partes o reconocimiento de deuda (p.e., daños y perjuicios, enriquecimiento ilícito)

18 Créditos nacidos de la propiedad indivisa de un bien

19 Daños y perjuicios-contrato

20 Acuerdo de suscripción (periódico, revista)

21 Cuota de miembro

22 Contrato laboral

23 Avenencia extrajudicial

24 Acuerdo de alimentos

25 Otros (especifíquese)

Circunstancias alegadas (Código 2)

30 Impago

31 Pago incompleto

32 Retraso en el pago

33 Bienes o servicios no entregados

34 Entrega o prestación de bienes o servicios defectuosos

35 Bienes o servicios no conformes al pedido

36 Otros (especifíquese)

Otros datos (Código 3)

40 Lugar de compra

41 Lugar de entrega

42 Fecha de compra

43 Fecha de entrega

44 Tipo de bienes o servicios

45 Dirección del inmueble

46 En caso de préstamo, finalidad: créditos al consumo

47 En caso de préstamo, finalidad: crédito hipotecario

48 Otros datos (especifíquese)

ID 1

Código 1

Código 2

Código 3

Exposición de motivos

Fecha* (o período)

Importe

ID 2

Código 1

Código 2

Código 3

Exposición de motivos

Fecha* (o período)

Importe

ID 3

Código 1

Código 2

Código 3

Exposición de motivos

Fecha* (o período)

Importe

ID 4

Código 1

Código 2

Código 3

Exposición de motivos

Fecha* (o período)

Importe

* Formato de la fecha: día/mes/año

El crédito reclamado fue cedido al demandante por (si procede)

Razón o denominación social

Código de identificación (si procede)

Apellidos

Nombre

Dirección

Código postal

Localidad

País

Precisiones adicionales sobre los créditos relativos a contratos celebrados con consumidores (si procede)

El crédito se refiere a cuestiones relativas a contratos celebrados con consumidores

En caso afirmativo, el demandado es un consumidor

En caso afirmativo, el demandado está domiciliado a tenor del artículo 59 del Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo en el Estado miembro cuyos órganos jurisdiccionales conocen del asunto

no

no

no

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7. Intereses

Códigos (indíquese la combinación de número y letra):

01 Legal

A Anual

02 Contractual

B Semestral

03 Capitalización de intereses

C Trimestral

04 Tipo de interés de préstamo **

D Mensual

05 Importe calculado por el demandante

E Otros ***

06 Otros ***

ID *

Código

Tipo de interés (%)

% por encima del tipo de base (BCE)

sobre (importe)

del

al

ID *

Código

Tipo de interés (%)

% por encima del tipo de base (BCE)

sobre (importe)

del

al

ID *

Código

Tipo de interés (%)

% por encima del tipo de base (BCE)

sobre (importe)

del

al

ID *

Código

Tipo de interés (%)

% por encima del tipo de base (BCE)

sobre (importe)

del

al

ID * Especifíquese para el Código 6 y/o E

* Consígnese la identificación del crédito correspondiente ** Obtenido por el demandante por un importe igual o superior al del principal *** Especifíquese

8. Penalizaciones contractuales (si procede)

Importe

Especifique

9. Costas (si procede)

Códigos:

01 Tasas judiciales

02 Otros (especifíquese)

Código

Especificación solo para el Código 02

Moneda

Importe

Código

Especificación solo para el Código 02

Moneda

Importe

Código

Especificación solo para el Código 02

Moneda

Importe

Código

Especificación solo para el Código 02

Moneda

Importe

10. Medios de prueba que acrediten el crédito

Códigos:

01 Documentales

02 Prueba testifical

03 Prueba pericial

04 Inspección de objetos o locales

05 Otros (especifíquese)

ID *

Código

Descripción de las pruebas

Fecha (día/mes/año)

ID *

Código

Descripción de las pruebas

Fecha (día/mes/año)

ID *

Código

Descripción de las pruebas

Fecha (día/mes/año)

ID *

Código

Descripción de las pruebas

Fecha (día/mes/año)

* Consígnese la identificación del crédito correspondiente

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11. Otras alegaciones e información complementaria (si procede)

Por la presente, solicito al órgano jurisdiccional que requiera del demandado (de los demandados) el pago al demandante (a los demandantes) del importe del principal indicado anteriormente, más los intereses, penalizaciones contractuales y costas.

Declaro que, a mi leal saber y entender, la información facilitada es correcta.

Soy consciente de que cualquier declaración falsa podrá acarrear las sanciones oportunas con arreglo al Derecho del Estado miembro de origen.

Hecho en

Fecha (día/mes/año)

Firma y/o sello

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Apéndice 1 de la petición de requerimiento europeo de pago

Datos bancarios a efectos del pago de tasas judiciales por el demandante

Códigos:

02 Con tarjeta de crédito

03 Cobro por el órgano jurisdiccional de la cuenta del demandante

Código

Titular de la cuenta

Nombre del banco (BIC) u otro código bancario pertinente/Compañía de la tarjeta de crédito

Número de cuenta/Número de tarjeta de crédito

Número internacional de cuenta bancaria (IBAN)/Fecha de caducidad y código de seguridad de la tarjeta de crédito

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Apéndice 2 de la petición de requerimiento europeo de pago

Continuación del procedimiento cuando se presente un escrito de oposición

Códigos:

01. En caso de que el demandado presente un escrito de oposición, solicito el sobreseimiento del proceso.

02. En caso de que el demandado presente un escrito de oposición, solicito que el proceso

continúe, si procediere, con arreglo a las normas sobre el proceso europeo de escasa cuantía.

03. En caso de que el demandado presente un escrito de oposición, solicito que el proceso

continúe con arreglo al procedimiento civil nacional que corresponda.

Número de asunto (deberá completarse si este apéndice se envía al órgano jurisdiccional por separado del formulario de solicitud)

Razón o denominación social

Apellidos

Nombre

Código

Si a pesar de la elección mencionada más arriba mi demanda no pudiere tramitarse por el proceso europeo de escasa cuantía (código 02), solicito que el proceso

sea sobreseído

continúe con arreglo al procedimiento civil nacional que corresponda

Hecho en

Fecha (día/mes/año)

Firma y/o sello

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INDICACIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO DE PETICIÓN

Información importante

Este formulario debe cumplimentarse en la lengua o en una de las lenguas aceptadas por el órgano jurisdiccional al que se presente la petición. Obsérvese que el formulario está disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea; esto podrá serle útil para rellenarlo en la lengua exigida.

En caso de que el demandado presente un escrito de oposición a su crédito, el proceso continuará ante los órganos jurisdiccionales competentes conforme a las normas del proceso civil ordinario. Si no deseare continuar el proceso en tal caso, debe usted cumplimentar además el apéndice 2 del presente formulario. El órgano jurisdiccional debe recibir dicho apéndice antes de que se expida el requerimiento europeo de pago.

Si la petición se refiere a un crédito contra un consumidor respecto de un contrato celebrado con consumidores, deberá presentarse ante el órgano jurisdiccional competente del Estado miembro del domicilio del consumidor. En los demás casos, la petición deberá presentarse ante el órgano jurisdiccional competente a tenor de las normas del Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo (*). En el Portal Europeo de e-Justicia se da información sobre las normas de atribución de competencia https://e-justice.europa.eu/content_jurisdiction-85-es.do

Por favor, asegúrese de que ha firmado e indicado la fecha debidamente en la última página del formulario.

Indicaciones

Al principio de cada rúbrica encontrará códigos específicos que deberán insertarse, cuando proceda, en las casillas correspondientes.

1. Órgano jurisdiccional Al elegir el órgano jurisdiccional, debe tener en cuenta los criterios de competencia del órgano jurisdiccional.

2. Partes y sus representantes En este campo deben identificarse las partes y sus representantes (por ejemplo, abogados o tutores), si los hubiere, con arreglo a los códigos indicados en el formulario. La casilla [Código de identificación] hace referencia al número especial de que disponen los letrados en algunos Estados miembros a efectos de comunicación electrónica con el órgano jurisdiccional (véase el artículo 7, apartado 6, párrafo segundo, del Reglamento (CE) n.o 1896/2006), al número de registro de las sociedades u organizaciones o a cualquier otro número de identificación aplicable a las personas físicas. La casilla [Otros datos] podrá completarse con cualquier otra información que permita identificar a la persona (p.e., fecha de nacimiento, cargo de la persona nombrada en la sociedad u organización de que se trate…). Si hubiera más de cuatro partes o representantes, empléese el campo [11].

3. Criterios de competencia del órgano jurisdiccional Véase la información importante que figura más arriba.

4. Carácter transfronterizo del asunto Para poder acogerse al presente proceso monitorio europeo, al menos dos de las casillas de este campo deberán corresponder a distintos Estados miembros.

5. Datos bancarios (facultativo) En el apartado [5.1], indique de qué modo abonará las tasas judiciales. Obsérvese que el órgano jurisdiccional al que presente su petición no dispondrá necesariamente de todos los medios de pago enumerados en este campo. Debe usted comprobar cuáles son los medios de pago aceptados por el órgano jurisdiccional. Para ello, podrá ponerse en contacto con el órgano jurisdiccional de que se trate o consultar la página electrónica de la Red Judicial Europea en asuntos civiles y mercantiles (http://ec. europa.eu/civiljustice/). Para ello, podrá ponerse en contacto con el órgano jurisdiccional de que se trate o consultar la página electrónica de la Red Judicial Europea en asuntos civiles y mercantiles (http://ec.europa.eu/civiljustice/).Si decide pagar con tarjeta de crédito o autoriza al órgano jurisdiccional a percibir el cobro de su cuenta corriente, deberá incluir los datos correspondientes de su tarjeta de crédito o cuenta corriente en el apéndice 1 de este formulario.

En el apartado [5.2], consigne la información necesaria para que el demandado haga efectivo el pago de la deuda. Si desea que el pago se haga efectivo mediante transferencia bancaria, sírvase consignar los datos bancarios necesarios.

6. Principal En este campo debe consignarse una descripción del principal y las circunstancias en las que se fundamenta el crédito, conforme a los códigos indicados en el formulario. Deberá utilizar un número de identificación (ID) para cada crédito, numerándolas de 1 a 4. Cada crédito deberá especificarse en la línea de la casilla siguiente al número de identificación, rellenando los números correspondientes de los códigos 1, 2 y 3. Si necesitara más espacio, emplee el campo [11]. La casilla [Fecha (o período)] alude, por ejemplo, a la fecha del contrato o del hecho dañoso, o al período del arrendamiento.

7. Intereses Si se solicita el pago de intereses, ello debe especificarse para cada crédito, con arreglo a los códigos indicados en el formulario. El código debe contener el número (primera línea de códigos) y la letra (segunda línea de códigos) pertinentes. Por ejemplo, si se ha convenido por contrato en un tipo de interés y este se calcula anualmente, el código será 02A. Si se solicita el pago de intereses hasta el momento de la resolución judicial, debe dejarse en blanco la última casilla. El código 01 se refiere a un tipo de interés fijado por ley. El código 02 se refiere a un tipo de interés acordado por las partes. Si utiliza el código 03 (capitalización de intereses), el importe indicado constituirá la base para el resto del período por cubrir. La capitalización de intereses se refiere a la situación en que los intereses devengados se añaden al principal y se tienen en cuenta a efectos del cálculo de futuros intereses. Obsérvese que en las operaciones comerciales a que se refiere la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**),el tipo de interés legal será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de refinanciación efectuada antes del primer día natural del semestre de que se trate (tipo de referencia) más, como mínimo, siete puntos porcentuales. Respecto a los Estados miembros que no participen en la tercera fase de la unión económica y monetaria, el tipo de referencia mencionado anteriormente es el tipo equivalente establecido a escala nacional (por ejemplo, por el banco central nacional). En ambos casos se aplicará, durante los seis meses siguientes, el tipo de referencia del Banco Central Europeo vigente el primer día natural del semestre de que se trate (véase el artículo 3, apartado 1, letra d), de la Directiva 2000/35/CE). El «tipo de base (BCE)» se refiere al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus operaciones principales de refinanciación.

8. Penalizaciones contractuales (si procede)

9. Costas (si procede) Si se reclama el reembolso de costas, deberán describirse estas mediante los códigos indicados en el formulario. La casilla [especificación] solo deberá completarse si se utiliza el código 02; por ejemplo, si se reclama el reembolso de costas que no sean tasas judiciales. Entre estas costas podrían incluirse, por ejemplo, las del representante del demandante o las costas precontenciosas. Si usted reclama el reembolso de la tasa judicial pero desconoce su importe exacto, deberá cumplimentar la casilla [Código] 01 pero podrá dejar en blanco la casilla [Importe]; el órgano jurisdiccional hará constar en ella el importe. Las costas deben indicarse en la misma divisa que el principal.

10. Medios de prueba que acrediten el crédito Deberán especificarse en este campo los medios de prueba disponibles que acrediten cada crédito empleando los códigos indicados en el formulario. En la casilla [Descripción de las pruebas] figurarán, por ejemplo, el título, denominación o número de referencia del documento en cuestión, la cuantía mencionada en el mismo o el nombre del testigo o del perito.

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11. Otras alegaciones e información complementaria (si procede) Podrá emplear este campo en caso de necesitar más espacio para cualesquiera de los campos anteriores o, si fuere necesario, para aportar información útil al órgano jurisdiccional. Por ejemplo, en caso de que varios demandados sean responsables, cada uno, de una parte del crédito reclamado, deberá indicar aquí el importe debido individualmente por cada uno de los demandados.

Apéndice 1 En él ha de indicar los detalles de su tarjeta de crédito o cuenta corriente si opta por pagar su tasa judicial mediante tarjeta de crédito o permite al órgano jurisdiccional de que se trate percibir directamente el cobro de su cuenta corriente. Obsérvese que el órgano jurisdiccional al que presente su petición no dispondrá necesariamente de todos los medios de pago enumerados en este campo. Tómese nota de que la información proporcionada en el apéndice 1 no se enviará al demandado.

Apéndice 2 En él ha de informar al órgano jurisdiccional de lo que debe suceder si no desea continuar con el proceso en caso de que el demandado presente un escrito de oposición a su demanda. Emplee el código pertinente. Una de las opciones consiste en que el proceso continúe con arreglo al proceso europeo de escasa cuantía (***). No obstante, este proceso tan solo resulta de aplicación si su crédito no supera los 5 000 EUR. Para saber más sobre las condiciones aplicables a este proceso, consulte el Portal Europeo de e-Justicia en: https://e-justice.europa.eu/content_small_claims-42-es.do Si opta por este proceso, sírvase también indicar lo que debe suceder si el proceso no fuere aplicable. Márquese la casilla pertinente. Si envía esta información al órgano jurisdiccional tras haber enviado el formulario, asegúrese de que rellena el número de asunto facilitado por dicho órgano. Tómese nota de que la información proporcionada en el apéndice 2 no se enviará al demandado.

(*) Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 12 de 16.1.2001, p. 1).

(**) Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de junio de 2000 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (DO L 200 de 8.8.2000, p. 35).

(***) Reglamento (CE) n.o 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía (DO L 199 de 31.7.2007, p. 1).

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