Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil (obtención de pruebas) (versión refundida) - Diario Oficial de la Unión Europea de 02-12-2020
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Diciembre de 2020
F. entrada en vigor: 22/12/2020
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 404
F. Publicación: 02/12/2020
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Transmisión directa entre los órganos jurisdiccionales
Artículo 4. Órgano central
CAPÍTULO II. TRANSMISIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS SOLICITUDES
SECCIÓN 1. Transmisión de las solicitudes
Artículo 5. Forma y contenido de las solicitudes
Artículo 6. Lenguas
Artículo 7. Transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
Artículo 8. Efectos jurídicos de los documentos electrónicos
SECCIÓN 2. Recepción de las solicitudes
Artículo 9. Recepción de las solicitudes
Artículo 10. Solicitudes incompletas
Artículo 11. Cumplimentación de la solicitud
SECCIÓN 3. Obtención de pruebas por el órgano jurisdiccional requerido
Artículo 12. Disposiciones generales sobre la ejecución de una solicitud
Artículo 13. Obtención de pruebas en presencia y con participación de las partes
Artículo 14. Obtención de pruebas en presencia y con la participación de mandatarios del órgano jurisdiccional requirente
Artículo 15. Medidas coercitivas
Artículo 16. Denegación de ejecución de solicitudes
Artículo 17. Notificación del retraso
Artículo 18. Procedimiento tras la ejecución de la solicitud
SECCIÓN 4. Obtención directa de pruebas por el órgano jurisdiccional requirente y obtención de pruebas por agentes diplomáticos o funcionarios consulares
Artículo 19. Obtención directa de pruebas por el órgano jurisdiccional requirente
Artículo 20. Obtención directa de pruebas por videoconferencia u otra tecnología de telecomunicaciones
Artículo 21. Obtención de pruebas por agentes diplomáticos o funcionarios consulares
SECCIÓN 5. Gastos
Artículo 22. Gastos
CAPÍTULO III. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 23. Manual y modificación del anexo I
Artículo 24. Ejercicio de la delegación
Artículo 25. Adopción de actos de ejecución por la Comisión
Artículo 26. Procedimiento de comité
Artículo 27. Programa informático de aplicación de referencia
Artículo 28. Costes del sistema informático descentralizado
Artículo 29. Relación con los convenios o acuerdos entre los Estados miembros
Artículo 30. Protección de la información transmitida
Artículo 31. Comunicación
Artículo 32. Seguimiento
Artículo 33. Evaluación
Artículo 34. Derogación
Artículo 35. Entrada en vigor y aplicación
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III