Regla 92 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
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»Regla 92. Reconocimiento de la obligación en los contratos.
Vigente
Antes de efectuar el reconocimiento de la obligación, se deberá justificar por el tercero el cumplimiento de la prestación o, en su caso, la procedencia del abono a cuenta.
Una vez aprobado el expediente de reconocimiento de la obligación, el servicio gestor expedirá un documento OK.610 que se enviará a la oficina de contabilidad, para su registro contable.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022