Regla 87 Instrucción de o...del Estado

Regla 87 Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado

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Regla 87. Tramitación de las subvenciones gestionadas por Comunidades Autónomas (artículo 153 del TRLGP)

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1. Una vez que se apruebe la distribución de los créditos y la correspondiente propuesta de gasto, el Servicio gestor formulará el documento AD.

2. Con la periodicidad establecida en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria se formularán los documentos OK.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 18-02-1996