Regla 8 Instrucción de op...dad Social

Regla 8 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Regla 8. Delegación de competencias en los centros de gestión territoriales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. En caso de delegación de competencias de gestión de gastos en favor de centros de gestión territoriales, los servicios centrales de las entidades podrán distribuir entre dichos centros los correspondientes créditos presupuestarios.

2. A tal fin, podrán expedir documentos contables MCRD de redistribuciones internas que remitirán a las oficinas de contabilidad de los servicios centrales para su oportuna contabilización, sin perjuicio de las redistribuciones de créditos automáticas que contemplan las reglas 11.9 y 21.3 de esta Instrucción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022