Regla 7 Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
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»Regla 7. Facultad normativa.
Vigente
La modificación y, en su caso, supresión de dichos documentos, así como la aprobación de nuevos documentos contables, será realizada por resolución de esta Intervención General de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-09-2014 en vigor desde 18-09-2014