Regla 69 Instrucción de c...dad Social

Regla 69 Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 69. Diario general de operaciones

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1. El diario general de operaciones recogerá además de la fecha y del número del asiento, los siguientes datos por columnas: código de la cuenta, denominación de la cuenta, debe y haber.

2. Este libro se obtendrá diariamente. Existirá la posibilidad de obtener en caso necesario el desarrollo del mismo, documento a documento, con la siguiente estructura por columnas: número del documento en el registro general, fecha del asiento, número de asiento en que está integrado, código de la cuenta, nombre de la cuenta, debe y haber.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-09-2014 en vigor desde 18-09-2014