Regla 63 Instrucción de o...dad Social

Regla 63 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 63. Errores en operaciones de presupuesto de ingresos.

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1. Si el error es detectado antes de la contabilización del documento, se estará lo establecido en la regla 58 anterior.

2. Cuando el documento hubiera sido contabilizado, la unidad correspondiente expedirá documento inverso, siempre que su expedición se realice en el mismo ejercicio que el documento ordinario, haciendo referencia en el mismo a las circunstancias del que se anula.

3. La subsanación de errores cometidos en ejercicios anteriores, se realizará por medio de la contabilización de documentos de presupuestos de ingresos que anoten en ejercicios anteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022