Regla 56 Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado
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»Regla 56. Actualización de la codificación
Vigente
En el caso de que se hubieran producido alteraciones en la codificación de las clasificaciones orgánica, funcional o económica del Presupuesto de Gastos, con respecto al Presupuesto anterior, al comienzo del nuevo ejercicio económico, la oficina de contabilidad deberá proceder a actualizar según las nuevas codificaciones los compromisos de gasto a imputar al ejercicio corriente y los imputados a ejercicios posteriores al que se inicia.
Modificaciones
- Modificación realizada (Se modifica la Regla 96) por ORDEN DE 26 DE DICIEMBRE DE 1997 POR LA QUE SE MODIFICAN LAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD PARA LA ADMINISTRACION GENERAL Y PARA LA ADMINISTRACION INSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASI COMO LA ORDEN QUE REGULA LA OPERATORIA CONTABLE A SEGUIR EN LA EJECUCION DEL GASTO DEL ESTADO.
(BOE de 06-01-1998) en vigor desde 07-01-1988 - Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 18-02-1996