Regla 53 Instrucción de o...del Estado

Regla 53 Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado

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Regla 53. Otras operaciones de fin de ejercicio

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A los efectos de que al cierre del ejercicio se puedan registrar en el Sistema de Información Contable la provisión para responsabilidades en los términos previstos en el PGCP, los servicios gestores deberán remitir a su respectiva oficina de contabilidad, hasta el 15 de febrero del ejercicio siguiente, los correspondientes documentos contables, Soporte de asientos directos , por los importes estimados de las indemnizaciones a las que probablemente deberá hacer frente la Administración General del Estado, acompañados de una memoria explicativa de la naturaleza de las obligaciones a las que se refieren los documentos contables adjuntos.

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