Regla 52 Instrucción de o...dad Social

Regla 52 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 52. Otras actuaciones contables derivadas de trabajos de control financiero.

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Al margen del procedimiento establecido en la regla 47.5 sobre el registro de las operaciones devengadas no contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior, si como consecuencia de las actuaciones de control financiero permanente realizadas en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social en aplicación del apartado g) del artículo 159.1 de la Ley General Presupuestaria y de las auditorías de cuentas anuales realizadas a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, se pusiera de manifiesto ingresos devengados y no contabilizados, gastos e ingresos anticipados, provisiones u otras operaciones de cierre, los órganos de control remitirán a los órganos gestores el informe definitivo de dichas actuaciones y se expedirán por las oficinas de contabilidad los documentos contables CPAD.900 necesarios y por los importes que se deduzcan del mismo, para una adecuada contabilización de estas operaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022