Regla 5 Instrucción de op...del Estado

Regla 5 Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado

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Regla 5. Procedimiento general

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Una vez aprobada una modificación de créditos por el órgano que tenga atribuida la competencia, se deberá comunicar a la Dirección General de Presupuestos para que actualice sus bases de datos y expida y autorice los documentos MC o de modificación de créditos que remitirá a la oficina de contabilidad en el Departamento afectado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 18-02-1996