Regla 49 Instrucción de o...dad Social

Regla 49 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 49. Ingresos devengados.

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1. Recoge los créditos derivados de ingresos devengados y no exigidos en fin de ejercicio y su registro contable se realiza a partir del documento CPAD.900.

2. La expedición del citado documento por la oficina de contabilidad se realizará en base a información de los órganos gestores, bien facilitada directamente por el mismo, o bien obtenida por medio del acceso a bases de datos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022