Regla 42 Anotaciones cont...dad Social

Regla 42 Anotaciones contables. 42 Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 42. Anotaciones contables.

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La contabilización de los documentos contables de operaciones no presupuestarias, dará lugar a las siguientes anotaciones contables, según la clase de documento.

1. FI.300 y su inverso, de resumen contable de formalización de ingresos realizados.

Las anotaciones contables correspondientes al presupuesto de ingresos se realizan exclusivamente en los servicios centrales o centros de gestión de la Tesorería General y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Las anotaciones contables correspondientes a operaciones no presupuestarias se realizan además en los centros de gestión de destino.

1.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

1.1.1 En el centro que expide el documento.

Con carácter previo, por los importes parciales figurados en el apartado FI.1 del documento, se realiza la contracción de los correspondientes derechos, con cargo, por el importe total del mismo, según proceda, a la subcuenta 4300 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Operaciones de gestión” en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 1 a 5 y 7, 4301 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Otras cuentas a cobrar”, en el caso de operaciones correspondientes al capítulo 9 o 4303 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Otras inversiones financieras”, en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 6 y 8, con abono, a las cuentas que corresponda, determinadas en función de la tabla de equivalencias presupuesto de ingresos/plan de contabilidad, teniendo en cuenta en su caso el código complementario.

Simultáneamente, por los importes figurados en el apartado FI.4, cargo a las cuentas que corresponda, determinadas en función de la tabla de equivalencias conceptos no presupuestarios/plan de contabilidad, con abono, según proceda, a la subcuenta 4300 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Operaciones de gestión” en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 1 a 5 y 7, 4301 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Otras cuentas a cobrar”, en el caso de operaciones correspondientes al capítulo 9 o 4303 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos corriente. Otras inversiones financieras”, en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 6 y 8, por el importe total del apartado FI.1, más la suma de los importes parciales de los conceptos figurados en el apartado FI.2 que correspondan al ejercicio corriente; 4310 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos cerrados. Operaciones de gestión” en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 1 a 5 y 7, 4311 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos cerrados. Otras cuentas a cobrar”, en el caso de operaciones correspondientes al capítulo 9 o 4313 “Deudores por derechos reconocidos. Presupuesto de ingresos cerrados. Otras inversiones financieras”, en el caso de operaciones correspondientes a los capítulos 6 y 8, por la suma de los importes parciales de los conceptos figurados en el apartado FI.2 que correspondan a ejercicios cerrados, y la subcuenta 5529 “Cuentas de enlace. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”, por el total del apartado FI.3.

También con carácter simultáneo, por los conceptos figurados en el apartado FI.3 que deban contabilizarse en el centro, cargo, por su suma, a la subcuenta 5529 “Cuentas de enlace. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”, con abono a las cuentas que correspondan, por sus importes parciales, determinadas en función de la tabla de equivalencias conceptos no presupuestarios/ plan de contabilidad.

1.1.2 En los centros de gestión de destino de los conceptos no presupuestarios ingresados.

Por los importes figurados en el apartado FI.3 que correspondan a cada centro, cargo, por su suma, a la subcuenta 5529 “Cuentas de enlace. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”, con abono a las cuentas que correspondan, por sus importes parciales, determinadas en función de la tabla de equivalencias conceptos no presupuestarios/ plan de contabilidad.

1.2 En el subsistema de presupuesto de ingresos.

En el centro que expide el documento, por los importes parciales figurados en el apartado FI.1, anotación en las columnas de derechos reconocidos y recaudados de los diferentes epígrafes. Por los importes parciales figurados en el apartado FI.2, anotación en la columna de recaudado de los diferentes epígrafes y año.

1.3 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

1.3.1 En el centro que expide el documento.

Por el importe total de los ingresos no presupuestarios realizados, cualquiera que sea el centro a que corresponda, anotación en el haber del concepto 51030 “Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”.

Por los importes parciales de los ingresos de esta naturaleza que deban contabilizarse en el centro, dentro de los figurados en el apartado FI.3, anotación en la columna de haber de cada epígrafe, y por la suma de todos ellos anotación en la columna de debe del concepto 51030 “Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”.

Por los importes parciales figurados en el apartado FI.4, anotación en la columna de debe de cada epígrafe consignado.

1.3.2 En los centros de destino de los conceptos no presupuestarios ingresados.

Por los importes parciales de los ingresos de esta naturaleza que deban contabilizarse en cada centro, dentro de los figurados en el apartado FI.3, anotación en la columna de haber de cada epígrafe, y por la suma de todos ellos anotación en la columna de debe del concepto 51030 “Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”.

1.4 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que solo podrán expedirse en el mismo ejercicio que el documento ordinario, darán lugar a los mismos asientos, pero con signo negativo.

2. OEI.310 y su inverso, de resumen contable de ingresos en cuentas bancarias.

Con carácter general, las anotaciones contables se realizan en el centro que expide el documento y, sólo en el caso de remesas de fondos procedentes de otro, se efectuarán también en el remitente.

Cuando se trate de remesas de fondos entre cuentas bancarias del mismo centro, se realizarán en éste tanto los asientos indicados para el que expide el documento, como los señalados para el que envió la remesa.

2.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

2.1.1 En el centro que expide el documento.

Por los importes parciales que correspondan, cargo en las cuentas del subgrupo 57 que corresponda, determinadas en función de la tabla de relación cuentas bancarias/plan de contabilidad, con abono a la subcuenta 5540 «Cobros pendientes de aplicación. Ingresos materiales y virtuales pendientes de aplicación», por los recibidos de terceros y con abono a la subcuenta 5520 «Cuentas de enlace. Remesas recibidas», por las remesas de fondos procedentes de otro centro.

2.1.2 En el centro que envió la remesa.

Por el importe de la remesa recibida en el centro de destino, cargo a la subcuenta 5521 «Cuentas de enlace. Remesas remitidas», con abono a la subcuenta 5562 «Movimientos internos de tesorería. Remesas de efectivo en curso».

2.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

2.2.1 En el centro que expide el documento.

Anotación en la columna de haber de los conceptos 30110 «Cobros pendientes de aplicación. Ingresos materiales y virtuales pendientes de aplicación», por los ingresos realizados por terceros y anotación en la misma columna del concepto 50110 «Remesas recibidas. Remesas de efectivo», por los ingresos de esta naturaleza.

2.2.2 En el centro que envió la remesa.

Por el importe de las remesas recibidas en el centro de destino anotación en la columna de debe del concepto 50210 «Remesas remitidas. Remesas de efectivo» y anotación en la columna de haber del concepto 40195 «Operaciones en curso. Remesas de efectivo en curso».

2.3 En el subsistema de cuentas bancarias.

En el centro que ha recibido todos los ingresos, anotación en la columna de debe de las cuentas bancarias que corresponda, por sus importes parciales.

2.4 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que sólo podrán expedirse en el mismo ejercicio que el documento ordinario, darán lugar a los mismos asientos, pero con signo negativo.

3. OEIC.330, de resumen contable de formalización de ingresos centralizados.

Las anotaciones contables se realizan en los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y en los centros de gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social y en los centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

3.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

3.1.1 En los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por los importes parciales que corresponda, cargo a las subcuentas 5540 «Cobros pendientes de aplicación. Ingresos materiales y virtuales pendientes de aplicación», y 5541 «Cobros pendientes de aplicación. Recaudación líquida pendiente de tratamiento», con abono por el importe total a la subcuenta 5524 «Cuentas de enlace. Centros gestores. Presupuesto de Ingresos. Ingresos centralizados».

3.1.2 En los centros de gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social y en los centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por el importe total del documento, cargo a la subcuenta 5525 «Cuentas de enlace. Tesorería General y MATEPSS. Ingresos centralizados», con abono a la subcuenta 5541 «Cobros pendientes de aplicación. Recaudación líquida pendiente de tratamiento».

3.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

3.2.1 En los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por los importes parciales figurados como cargos en la Tesorería General o mutua, anotación en la columna de debe de los conceptos respectivos.

Por el importe total del documento, anotación en la columna de haber del concepto 50510 «Centros gestores Presupuesto de ingresos. Ingresos centralizados. Recaudación general de cuotas».

3.2.2 En los centros de gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social o centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por el importe total del documento, anotación en la columna de debe del concepto 50610 «Tesorería General y MATEPSS. Ingresos centralizados. Recaudación general de cuotas».

Por los importes parciales figurados como abonos en el centro gestor correspondiente, anotación en la columna de haber de los conceptos respectivos.

3.3 Signo de las anotaciones.

El signo de las diferentes anotaciones es el que se especifica en cada caso en el cuerpo central del documento.

4. OERC.335, de resumen contable de formalización de impagados y retrocesiones bancarias por operaciones centralizadas.

Las anotaciones contables se realizan en los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y en los centros de gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social y en los centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

4.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

4.1.1 En los servicios centrales de la Tesorería General y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por el importe total del documento, cargo a la subcuenta 5540 «Cobros pendientes de aplicación: Ingresos materiales y virtuales pendientes de aplicación», con abono a la subcuenta 5524 «Cuentas de enlace. Centros gestores. Presupuesto de ingresos. Ingresos centralizados».

4.1.2 En los centros de gestión de la Tesorería General y centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por el importe total del documento, cargo a la subcuenta 5525 «Cuentas de enlace. Tesorería General y MATEPSS. Ingresos centralizados», con abono a la subcuenta 5542 «Cobros pendientes de aplicación: Impagados y retrocesiones materiales y virtuales pendientes de atribución a los centros de gestión».

4.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

4.2.1 En los servicios centrales de la Tesorería General y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por el importe total del documento, anotación en la columna de debe del concepto 30110 «Cobros pendientes de aplicación. Ingresos materiales y virtuales pendientes de aplicación» y anotación en la columna de haber del concepto 50520 «Centros gestores Presupuesto de ingresos. Ingresos centralizados. Impagados y retrocesiones bancarias de pagos centralizados».

4.2.2 En los centros de gestión de la Tesorería General y centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Por los importes parciales figurados que correspondan a cada centro gestor, anotación en la columna de debe del concepto 50620 «Tesorería General y MATEPSS. Ingresos centralizados. Impagados y retrocesiones bancarias de pagos centralizados» y anotación en la columna de haber del concepto 30150 «Cobros pendientes de aplicación. Impagados y retrocesiones de pagos centralizados pendientes de atribución a los centros de gestión».

4.3 Signo de las anotaciones.

El signo de las diferentes anotaciones es el que se especifica en cada caso en el cuerpo central del documento.

5. OEFM.390 y su inverso, de resumen contable de movimientos del fondo de maniobra.

Las anotaciones se realizan en el centro de gestión que expide el documento.

5.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

5.1.1 Apartado ingresos.

Por los importes parciales que correspondan, cargo a la subcuenta 5700 «Caja. Fondo de maniobra» y/ó 5750 «Bancos e instituciones de crédito. Cuentas restringidas de pagos: Del fondo de maniobra», con abono, por su suma en su caso, a la subcuenta 5582 «Operaciones con cargo al fondo de maniobra pendientes de justificación».

5.1.2 Apartado pagos.

Por la suma, en su caso, de los importes parciales que correspondan, cargo a la subcuenta 5582 «Operaciones con cargo al fondo de maniobra pendientes de justificación», con abono, por los importes parciales que procedan, a las subcuentas 5700 «Caja. Fondo de maniobra» y/ó 5750 «Bancos e instituciones de crédito. Cuentas restringidas de pagos: Del fondo de maniobra».

5.1.3 Apartado traspaso de fondos.

En el supuesto de traspaso de fondos desde la cuenta bancaria a la caja, por el importe que se traspasa, cargo a la subcuenta 5700 «Caja. Fondo de maniobra», con abono a la subcuenta 5750 «Bancos e instituciones de crédito. Cuentas restringidas de pagos: Del fondo de maniobra» o a la inversa, en el caso contrario.

5.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

5.2.1 Apartado ingresos.

Por el importe total de los ingresos, anotación en la columna de haber del concepto no presupuestario 40210 «Operaciones con cargo al fondo de maniobra pendientes de justificación».

5.2.2 Apartado pagos.

Por el importe total de los pagos, anotación en la columna de debe del concepto no presupuestario 40210 «Operaciones con cargo al fondo de maniobra pendientes de justificación».

5.3 En el subsistema de cuentas bancarias.

5.3.1 Apartado ingresos.

Por los importes parciales que correspondan, anotación en la columna de debe en las cuentas de caja y banco donde están situados los fondos.

5.3.2 Apartado pagos.

Por la suma de los importes parciales que correspondan, anotación en la columna de haber en las cuentas de caja y banco donde están situados los fondos.

5.3.3 Apartado traspaso de fondos.

Por el importe que se traspasa, anotación en la columna de debe en la cuenta de caja y en la columna de haber de la cuenta del banco donde están situados los fondos o inversa, según el sentido del traspaso.

5.4 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que sólo podrán expedirse en el mismo ejercicio que el documento ordinario, darán lugar a los mismos asientos, pero con signo negativo.

En el supuesto de que el documento contable incorpore facturas, se producirán las anotaciones en el Registro contable de facturas que establece la normativa sobre el mismo.

6. OEK.700 y su inverso, de propuestas de pago por operaciones no presupuestarias.

Las anotaciones contables se realizan en los centros de gestión que expiden los documentos.

6.1 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

Anotación en la columna de propuestas de pago expedidas, en cada uno de los conceptos que figuran en la parte central del documento, por sus correspondientes importes parciales.

6.2 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que sólo podrán expedirse si aún no se ha ordenado el pago, efectúan los mismos asientos, pero con signo negativo.

6.3 En el subsistema de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra.

En el libro auxiliar de pagos por fondo de maniobra. Por los importes que figuren en los campos de íntegro, descuentos y líquido del documento, anotación en las siguientes columnas: total íntegro, descuentos e importe líquido, del apartado «Operaciones de justificación del pago».

En los libros auxiliares de operaciones pendientes de formalizar. Por los importes parciales que correspondan a cada epígrafe de los expresados en el documento, anotación en la columna de importe justificado del libro auxiliar de operaciones no presupuestarias pendientes de formalizar. Cuando el documento contenga descuentos, por los importes parciales que correspondan a cada uno de ellos, anotación en la columna de descuentos justificados del libro auxiliar de descuentos pendientes de formalizar.

A estos efectos, los documentos inversos realizan las mismas anotaciones contables, pero con signo negativo.

7. OEP.800 y su inverso, de ordenación de pago por operaciones no presupuestarias.

Las anotaciones contables se realizan en el centro que expidió la propuesta de pago.

7.1 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

Anotación en la columna de pagos ordenados, en cada uno de los conceptos que figuran en la parte central del documento, por sus correspondientes importes parciales.

7.2 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que sólo podrán expedirse si aún no se ha ordenado el pago, efectúan los mismos asientos, pero con signo negativo.

8. R.809, de realización de pago de operaciones no presupuestarias.

Las anotaciones contables se realizan en los centros de gestión que expidieron las correspondientes propuestas de pago y en las cajas pagadoras.

8.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

8.1.1 En el centro que expidió la propuesta de pago.

Por los importes parciales que correspondan a los distintos conceptos no presupuestarios, cargo a las cuentas que correspondan en función de la tabla de equivalencias operaciones no presupuestarias/plan de contabilidad, con abono, por el importe íntegro del documento, a la subcuenta 5522 «Cuentas de enlace. Pagos realizados por cuenta de relaciones internas».

Con carácter simultáneo, por el importe total de los descuentos practicados en el momento de materializarse el pago, que deban recogerse en el centro de gestión, cargo a la subcuenta 5529 «Cuentas de enlace. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas», con abono a las cuentas que en cada caso corresponda en función de las tablas de equivalencia descuentos/ conceptos no presupuestarios y conceptos no presupuestarios/ cuentas del plan.

8.1.2 En la caja pagadora.

Con carácter simultáneo, se efectúa un cargo a la subcuenta 5523 «Cuentas de enlace. Pagos en ejecución de operaciones por cuenta de relaciones internas», con abono a las cuentas del subgrupo 57 «Efectivo y activos líquidos equivalentes» que corresponda, determinadas por la tabla de relación cuentas bancarias/cuentas del plan, por el importe líquido del documento, y con abono a la subcuenta 5529 «Cuentas de enlace: Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas», por todos los descuentos practicados.

También con carácter simultáneo, por los descuentos practicados que deban recogerse en la caja pagadora, se efectúa un cargo a la subcuenta 5529 «Cuentas de enlace. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas», con abono a las cuentas que en cada caso corresponda en función de las tablas de equivalencias descuentos/conceptos no presupuestarios y conceptos no presupuestarios/cuentas del plan.

8.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

8.2.1 En el centro que expidió la propuesta de pago.

Por los importes parciales de los conceptos no presupuestarios objeto del pago, anotación en las columnas de pagos realizados y debe de cada uno de ellos.

Por el importe total íntegro de los pagos realizados, anotación en la columna de haber del concepto 50330 «Pagos realizados. Operaciones no presupuestarias».

Por el importe total de los descuentos practicados que deban recogerse en el centro de gestión, anotación en la columna de debe del concepto 51030 «Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas».

Por los importes parciales de cada uno de los descuentos practicados al materializarse el pago, que deban recogerse en el centro de gestión, anotación en la columna de haber del concepto que corresponda en función de la tabla de equivalencias descuentos/conceptos no presupuestario.

8.2.2 En la caja pagadora.

Por el importe total íntegro de los pagos realizados, anotación en la columna de debe del concepto 50430 «Pagos en ejecución de operaciones por cuenta de relaciones internas. Operaciones no presupuestarias».

Por el importe total de los descuentos practicados, con independencia del centro en que deban recogerse, anotación en la columna de haber del concepto 51030 «Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas».

Por el importe total de los descuentos practicados que deban recogerse en la caja pagadora, anotación en la columna de debe del concepto 51030 «Otros movimientos internos. Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas».

Por los importes parciales de cada uno de los descuentos practicados al materializarse el pago, que deban recogerse en la caja pagadora, anotación en la columna de haber del concepto que corresponda en función de la tabla de equivalencias descuentos/conceptos no presupuestarios.

8.3 En el subsistema de cuentas bancarias.

En la caja pagadora, por los importes parciales de las cantidades líquidas que correspondan a las diferentes cuentas bancarias, anotación en la columna de haber de cada una de ellas.

9. OETC.850 y su inverso, de traspaso de conceptos no presupuestarios entre centros.

Las anotaciones contables se realizan en el centro que expide el documento y en el centro al cual se traspasan los conceptos no presupuestarios.

9.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial.

9.1.1 En el centro que expide el documento.

Cargo en las cuentas correspondientes a los conceptos que se traspasan, determinadas en función de la tabla de equivalencias operaciones no presupuestarias/plan de contabilidad, por sus importes parciales, con abono, por su suma, a la subcuenta 5528 «Cuentas de enlace: Traspaso de conceptos no presupuestarios», o inversa, según se trate de partidas acreedoras o deudoras, respectivamente.

9.1.2 En el centro receptor.

Cargo a la subcuenta 5528 «Cuentas de enlace. Traspaso de conceptos no presupuestarios», por la suma de los importes parciales que recibe, con abono de cada uno de ellos a las cuentas correspondientes a los conceptos que se traspasan, determinadas en función de la tabla de equivalencias operaciones no presupuestarias/plan de contabilidad, o inversa, según se trate de partidas acreedoras o deudoras, respectivamente.

9.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas.

9.2.1 En el centro que expide el documento.

Anotación en la columna de debe de los conceptos que se traspasan, por sus respectivos importes, y en la columna de haber del concepto 51020 «Otros movimientos internos. Traspaso de conceptos no presupuestarios» por el importe total o inversa, según se trate de partidas acreedoras o deudoras, respectivamente.

9.2.2 En el centro receptor.

Anotación en la columna de haber de los conceptos que se traspasan, por sus respectivos importes, y en la columna de debe del concepto 51020 «Otros movimientos internos. Traspaso de conceptos no presupuestarios» por el importe total, o inversa, según se trate de partidas acreedoras o deudoras, respectivamente.

9.3 Documentos inversos.

Los documentos inversos, que solo podrán expedirse en el mismo ejercicio que el documento ordinario, darán lugar a los mismos asientos, pero con signo negativo.

10. OEAD.900, de soporte de asientos directos para operaciones no presupuestarias.

Las anotaciones contables se realizan en el centro que expide el documento.

10.1 En el subsistema de contabilidad patrimonial. Cargo a las cuentas de relación de los conceptos que se identifican con la letra “D”, con abono a las cuentas de relación de los conceptos que se identifican con la letra “H”. Todo ello por los importes parciales correspondientes.

Cargo o abono, según su identificativo “D” o “H” a la cuenta o cuentas que figuran en la parte inferior del cuerpo central del documento.

10.2 En el subsistema de operaciones no presupuestarias y de relaciones internas. Por los importes parciales que correspondan, cargo en los conceptos que se identifican con la letra “D” y abono en los conceptos que se identifican con la letra “H”.

11. Anexo de los documentos anteriores y sus inversos (anexo general).

Las anotaciones contables serán las mismas que ocasionen los documentos de origen en los subsistemas correspondientes.

Los documentos inversos realizan las mismas anotaciones contables, pero con signo negativo.