Regla 39. Ejecución de gastos con cargo a anticipos de Tesorería
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La tramitación de gastos con cargo a un anticipo de Tesorería se desarrollará conforme a las reglas establecidas con carácter general en la sección 1.ª de este capítulo.
Modificaciones
Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 18-02-1996