Regla 33 bis Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado
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»Regla 33 bis. Actualización de los saldos de Tesorería por provisiones de fondos para pagos a justificar
Vigente
La actualización en fin de ejercicio de los saldos de las cuentas restringidas de pagos, por las variaciones debidas a los "pagos a justificar", se realizará según el procedimiento establecido en la regla 37 de esta norma.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por ORDEN de 4 de noviembre de 1999 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 1999 relativas a la contabilidad de gastos públicos y se modifica la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la Ejecución del Gasto del Estado.
(BOE de 13-11-1999) en vigor desde 14-11-1999 - Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 14-11-1999