Regla 26 Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado
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»Regla 26. Anulaciones
Vigente
Las anulaciones de las operaciones indicadas en las reglas anteriores de la presente sección estarán soportadas en documentos análogos a los reseñados en los mismos pero de signo negativo, los cuales serán expedidos y tramitados de la misma forma que se especifica en dichas reglas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-02-1996 en vigor desde 18-02-1996