Regla 23 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
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»Regla 23. Ordenación del pago.
Vigente
1. La ordenación de pago es el acto mediante el cual el órgano competente, en base a una obligación previamente reconocida, expide la correspondiente orden de pago con cargo a la tesorería correspondiente.
Mediante este acto interno se acuerda la extinción de una obligación frente a terceros. Las órdenes de pago se han de ajustar al acto de reconocimiento de la obligación.
2. Las ordenaciones del pago realizadas se contabilizan a través de los documentos contables P, de ordenación del pago.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-11-2022 en vigor desde 03-11-2022