Regla 22 Instrucción de c...dad Social

Regla 22 Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Regla 22. Utilización y expedición.

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Los documentos contables de operaciones no presupuestarias, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.

1) FI.300 y su inverso, de resumen contable de formalización de ingresos realizados.

Estos documentos se utilizan para dar a los ingresos la aplicación definitiva presupuestaria, reconociendo y recaudando derechos de ejercicio corriente, a través del apartado FI.1, o recaudando derechos de ejercicio corriente y de cerrados, a través del apartado FI.2, así como darles la aplicación definitiva no presupuestaria, a través de los apartado FI.3 y FI.4, y se expiden por los servicios centrales y direcciones provinciales de la Tesorería General y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

2) OEI.310 y su inverso, de resumen contable de ingresos en cuentas bancarias.

Estos documentos se utilizan para registrar los ingresos en cualquier cuenta bancaria, a excepción de las pertenecientes a las cuentas del fondo de maniobra y de pagos a justificar, y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

3) OEIC.330, de resumen contable de formalización de ingresos centralizados.

Estos documentos se utilizan para registrar la distribución de ingresos centralizados a las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y los expiden los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

4) OERC.335, de resumen contable de formalización de impagados y retrocesiones bancarias por operaciones centralizadas.

Estos documentos se utilizan para registrar la distribución de impagados y retrocesiones bancarias, correspondientes a pagos centralizados, a las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y se expiden por los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

5) OEFM.390 y su inverso, de resumen contable de movimientos del fondo de maniobra.

Estos documentos se utilizan para registrar los movimientos relativos al fondo de maniobra y se expiden por todos los centros de gestión.

6) OEK.700 y su inverso, de propuestas de pago por operaciones no presupuestarias.

Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de pago por operaciones no presupuestarias formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.

7) OEP.800 y su inverso, de ordenación del pago por operaciones no presupuestarias.

Estos documentos se utilizan para registrar la ordenación del pago no presupuestario y se expiden por todas las cajas pagadoras.

8) R.809, de realización de pago de operaciones no presupuestarias.

Estos documentos se utilizan para registrar la realización del pago y se expiden por todas las cajas pagadoras.

9) OETC.850 y su inverso, de traspaso de conceptos no presupuestarios entre centros.

Estos documentos se utilizan para registrar el traspaso de conceptos no presupuestarios a otros centros y se expiden por todos los centros de gestión.

10) OEAD.900, de soporte de asientos directos para operaciones no presupuestarias.

Estos documentos se utilizan para el registro de asientos directos de operaciones no presupuestarias y se expiden por todos los centros de gestión.

Existen dos modalidades de expedición de estos documentos. Una de ellas contemplará exclusivamente conceptos no presupuestarios y la otra incluirá, además, una o varias cuentas del plan no relacionada con dichos conceptos.

En el primer caso, el total de los conceptos identificados con la letra «D» deberá coincidir con el total de los conceptos identificados con la letra «H». En el segundo caso, todos los conceptos no presupuestarios deberán tener el mismo identificativo y la suma de sus importes parciales habrá de coincidir con el de la/s cuenta/s consignada/s en la parte inferior del cuerpo central del documento.

11) Anexo de los documentos anteriores y sus inversos (anexo general).

Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de carácter no presupuestario cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de los conceptos que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.

12) ANPF, anexo de documentos de operaciones no presupuestarias para el registro contable de facturas.

Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar datos del registro contable de facturas cuando el documento de operaciones no presupuestarias de origen no puede recoger la totalidad de las facturas que precisa la operación contable, y se expiden por todos los centros de gestión que expiden los originarios.