Regla 2 ejercicio de las actividades gravadas ejercicio Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
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»Regla 2ª: Ejercicio de las actividades gravadas.
Vigente
El mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las Tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artística no especificada en aquellas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991