Regla 15 Tarifas e instru...cia Fiscal

Regla 15 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal

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Regla 15ª. Tributación por cuota cero

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1. Cuando de la aplicación de las Tarifas resulte cuota cero, los sujetos pasivos no satisfarán cantidad alguna por el Impuesto, si bien estarán obligados a formular declaración de alta y las demás que corresponda.

2. La Administración de la Comunidad Foral podrá declarar la tributación por cuota cero, de aquellas actividades, o modalidades de las mismas, que por su escaso rendimiento económico no deban satisfacer cantidad alguna por el Impuesto. En estos casos, los sujetos pasivos estarán obligados a formular declaración de alta y las demás que correspondan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996