Recurso de inconstitucionalidad n.º 3720-2017, contra el artículo 13.2, segundo párrafo y artículo 36.1, y por conexión, los restantes apartados del artículo 36, en lo que afecta exclusivamente a la regulación del régimen de anticipos de los tributos del Estado, de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017., - Boletín Oficial del Estado, de 29-07-2017
Ambito: BOE
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 180
F. Publicación: 29/07/2017
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El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3720-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el art. 13.2, segundo párrafo y art. 36.1, y por conexión, los restantes apartados del art. 36, en lo que afecta exclusivamente a la regulación del régimen de anticipos de los tributos del Estado, de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -14 de julio de 2017-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 19 de julio de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.