Legislación

RECURSO de inconstitucionalidad numero 1022-2004, promovido por el Presidente del Gobierno contra el articulo 4, primer parrafo, de la Ley del Parlamento de Andalucia 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucia. - Boletín Oficial del Estado, de 25-05-2004

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Ambito: BOE

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 126

F. Publicación: 25/05/2004

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 126 de 25/05/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

El Tribunal Constitucional, por Auto de 11 de mayo actual, dictado por el Pleno de este Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1022-2004, ha acordado levantar la suspensión del art. 4, primer párrafo, inciso «o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquéllas» , de la Ley del Parlamento de Andalucía 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, cuya suspensión se produjo por providencia de 23 de marzo del corriente año, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 83, de 6 de abril siguiente.

Madrid, 11 de mayo de 2004. El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA