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Recurso de inconstitucionalidad n.º 5272-2015, contra el Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña 7/2014, de 23 de diciembre, por el que se derogan la letra b) del apartado 3 y el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 9 del Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales., - Boletín Oficial del Estado, de 09-10-2015

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Octubre de 2015

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 242

F. Publicación: 09/10/2015

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 242 de 09/10/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 5272-2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra el Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña 7/2014, de 23 de diciembre, por el que se derogan la letra b) del apartado 3 y el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 9 del Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto-ley impugnado desde la fecha de interposición del recurso -23 de septiembre de 2015-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 6 de octubre de 2015.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.