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Recurso de inconstitucionalidad n.º 4682-2015, contra los artículos 1.2 b), c) y d); 4 aa); 5 a) y p); 7.1; 8, en cuanto a presas y embalses; 12.2 b) y 4; 15.1 b), c) y n); 19.2 a) 1.º, c) 2.º y c) 3.º; 50; 67; 69 a), d) y f) 1.º; 70 a) y c); 71.3; 72; y 76.3; y disposición transitoria primera de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón., - Boletín Oficial del Estado, de 19-12-2015

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Diciembre de 2015

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 303

F. Publicación: 19/12/2015

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 303 de 19/12/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 15 de diciembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4682-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado: 1.º Mantener la suspensión de los artículos 71.3 y 76.3 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. 2.º Levantar la suspensión de los artículos 1.2.b), c) y d); 4.aa); 5.a) y p); 7.1; 8, en cuanto a presas y embalses; 12.2.b) y 4; 15.1.b), c) y n); 19.2.a) 1.º, c) 2.º y c) 3.º; 50; 67; 69.a), d) y f) 1.º; 70.a) y c); 72; y de la disposición transitoria primera de la misma Ley 10/2014, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 222, de 16 de septiembre de 2015.

Madrid, 15 de diciembre de 2015.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.