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Rectificación de error material habido en el texto articulado de la Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020. [Cód. 2020-02862], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 06-04-2020

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 67

F. Publicación: 06/04/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 67 de 06/04/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertido error material en la Disposición adicional segunda del texto articulado de la Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020 (BOPA n.º 250, de 31 de diciembre de 2019), procede su rectificación en el siguiente sentido, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

En la Disposición adicional segunda, Gestión de los créditos asociados a la ejecución del programa 513H, «Carreteras»,

Donde dice:

«1. Se exceptúan de la vinculación establecida en el artículo 26.2 del TRREPPA las aplicaciones presupuestarias 10.02.513H.600.000 y 10.02.513H.601.000, que tendrán carácter vinculante a nivel de artículo.

2. Se exceptúa de la vinculación establecida en el artículo 26.2 del TRREPPA la aplicación presupuestaria 10.02.513H.201.000, que tendrá carácter vinculante a nivel de subconcepto.»

Debe decir:

«1. Se exceptúan de la vinculación establecida en el artículo 26.2 del TRREPPA las aplicaciones presupuestarias 10.03.513H.600.000 y 10.03.513H.601.000, que tendrán carácter vinculante a nivel de artículo.

2. Se exceptúa de la vinculación establecida en el artículo 26.2 del TRREPPA la aplicación presupuestaria 10.03.513H.201.000, que tendrá carácter vinculante a nivel de subconcepto.»

Lo que se hace público para general conocimiento.-Cód. 2020-02862.