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Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. - Boletín Oficial del Estado de 28-02-2015

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Septiembre de 2020

F. entrada en vigor: 01/03/2015

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 51

F. Publicación: 28/02/2015


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Medidas urgentes para la reducción de la carga financiera
Artículo 1. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Artículo 2. Modificación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Artículo 3. Modificación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
TÍTULO II. Otras medidas de orden social
CAPÍTULO I. Medidas en el ámbito tributario y de las Administraciones Públicas
Artículo 4. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Artículo 5. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 6. Modificación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Artículo 7. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
CAPÍTULO II. Medidas relativas al fomento del empleo indefinido, el empleo autónomo y la protección social agraria.
Artículo 8. Mínimo exento de cotización a la Seguridad Social para favorecer la creación de empleo indefinido. Artículo 9. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Artículo 10. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria en favor de los trabajadores eventuales agrarios de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, afectados por el descenso de producción del olivar como consecuencia de la sequía.
CAPÍTULO III. Medidas en el ámbito de la Administración de Justicia
Artículo 11. Modificación de La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Funciones de mediación concursal. D.A. 2ª. Remuneración del mediador concursal. D.A. 3ª. Representación del deudor en el concurso consecutivo. D.A. 4ª. Medidor de solvencia. D.A. 5ª. Adhesión al «Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual». D.A. 6ª. Impulso y coordinación de la negociación colectiva.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio en materia concursal. D.T. 2ª. Régimen aplicable a la contratación indefinida formalizada con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley. D.T. 3ª. Solicitudes del subsidio por desempleo o de la renta agraria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario, ejecución y aplicación. D.F. 3ª. Entrada en vigor.