Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. - Boletín Oficial del Estado de 19-06-2020
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2020
F. entrada en vigor: 01/07/2020
Órgano emisor: MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 171
F. Publicación: 19/06/2020
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Requisitos generales de los traslados.
Artículo 4. Vigilancia, control, inspección y régimen sancionador.
CAPÍTULO II. Requisitos comunes a todos los traslados
Artículo 5. Contenido del contrato de tratamiento de residuos.
Artículo 6. Documento de identificación.
Artículo 7. Rechazo de los residuos.
CAPÍTULO III. Requisitos específicos
Artículo 8. Notificación previa de traslado.
Artículo 9. Oposición al traslado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Tramitación electrónica del procedimiento de traslados.
D.A. 2ª. Movimientos de residuos en el interior de una comunidad autónoma.
D.A. 3ª. Traslados de residuos con tránsito por otro país.
D.A. 4ª. Productor inicial en los traslados de residuos de construcción y demolición.
D.A. 5ª. Protección de datos personales en la gestión de residuos.
D.A. 6ª. Recogida a múltiples productores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio del procedimiento de traslados.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales.
D.F. 2ª. Autorización para la actualización de los anexos.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Contenido del documento de identificación con notificación previa
ANEXO II. Contenido de la notificación previa de traslado
ANEXO III. Contenido del documento de identificación sin notificación previa